domingo, 30 de mayo de 2010

Se lanza oficialmente el nuevo Fiat Uno en Sudamérica.


En el día de ayer Fiat ha presentado oficialmente en Brasil el nuevo Fiat Uno para toda Sudamérica. Se trata de la renovada versión de uno de los modelos que por esa parte del mundo sigue siendo un éxito comercial indiscutible. Tanto es así que, aún con una carrocería similar a la de los primeros modelos europeos, el coche se ubica en los primeros lugares de ventas de mercados como el Brasilero y el argentino. Este ha sido el motivo por el cual la compañía italiana mantuvo durante tantos años la misma carrocería del Uno, pero el tiempo pasa y si Fiat pretende seguir manteniendo como líder de su segmento al pequeño modelo, se hacía inevitable una profunda modernización. Y así lo hizo.
El nuevo Fiat Uno presenta uno de los diseños más atractivos que se pueden encontrar en su segmento. Sus líneas recuerdan a las del Panda, pero con un estilo propio que lo ayudarán a distinguirse de sus contrincantes y del resto de la gama Fiat. Para lograr el resultado final, el equipo de diseño de la compañía se baso en el concepto "Round Square", un cuadrado redondeado que orientó el desarrollo del nuevo coche. Así, revisando la carrocería del nuevo Fiat Uno se pueden encontrar una gran cantidad de "cuadrados redondeados".
El nuevo Fiat se comercializará en cuatro acabados que le brindarán al cliente una gran paleta de opciones y equipamiento, intentando colmar las expectativas de los más exigentes: Vivace 1.0, Flex Way 1.0, Flex Attractive 1.4 y Flex Way 1.4 Flex.
El primero de ellos, el Vivace 1.0 utiliza uno de los dos nuevos motores presentados por Fiat junto al nuevo Uno. Se trata de un Fire 1.0 Evo que se transforma en la opción ideal para quienes buscan un auto que además de su bajo costo, se destaque por su bajo consumo: 15,6 km/l (nafta) y 10,5 km/l (alcohol) en tanto que en la ruta hace 20,1 km/l (nafta) y 12,9 km/l (alcohol).
La versión Way 1.0 agrega una aire más aventurero al modelo con la incorporación de una barra longitudinal en el techo, faros con máscara negra, suspensión más elevada y neumáticos de uso mixto
Las siguientes dos versiones equipan el motor Fire 1.4 Evo que ofrece una potencia máxima de 85 CV cuando es alimentado con gasolina y de 88 CV cuando utiliza alcohol. El acabado Attractive 1.4 Flex ofrece un equipamiento bastante completo para un vehículo de su segmento, el cual agrega un gran número de opcionales que lo llevan a convertirse en una opción muy atractiva. Entre tantos otros el modelo puede agregar opcionalmente ABS, llantas de aleación, equipo de audio con Bluetooth y USB, elevalunas eléctricos y asiento del conductor con regulación en altura.
El acabado tope de gama, el Way 1.4 Flex ofrece de serie comando interno para abrir el baúl y la tapa de ingreso del combustible; consola de techo; consola central larga; espejo de cortesía del lado del conductor; limpialuneta; porta anteojos; retrovisores externos con comando interno manual; vidrio trasero térmico temporizado; volante con regulación en altura; agarraderas de techo traseras y apoya
Además de todas estas opciones, Fiat ofrece de fábrica seis kits de personalización con distintos temas para cada versión que modifican la apariencia exterior e interior del coche dependiendo cual se elija. Así se puede obtener un modelo personalizado de fábrica que difícilmente se pueda repetir por otro consumidor. Claro, habrá que tener en cuenta que tanta personalización puede jugar en contra a la hora de la reventa.
El nuevo Fiat Uno saldrá a la venta inmediatamente en Brasil y llegará al resto de los mercados antes de fin de año. Su precio se estima que rondará los $ 45.000 (€ 11.000 aprox.) y convivirá con la vieja gama, que se seguirá fabricando por lo menos hasta 2014.

RIO URUGUAY


Reconocen a los Bonelli


La Cooperativa de Seguros Río Uruguay agasajó a los hermanos Próspero y Nicolás Bonelli por su gran presente.

Pope y Nico acompañados por Conrado Montañana, Juan Carlos Godoy, Nico y Antonio Chivetti
El viernes por la noche, en su Agencia Concepción del Uruguay, la compañía Río Uruguay Seguros reconoció a los hermanos Próspero y Nicolás Bonelli por su participación en el Turismo de Carretera y en el TC Mouras. Consistió en una cena de la que participaron directivos y empleados de la Cooperativa aseguradora, empresarios que apoyan a los pilotos y familiares de estos. Pope Bonelli antes de iniciarse la cena destacó que “es un orgullo para nosotros que Río Uruguay Seguros nos realice un reconocimiento. Siempre nos han apoyado, desde nuestros inicios y que continúan ahora”. Durante la cena además de los pilotos hicieron uso de la palabra el presidente de Río Uruguay Seguros, Cdor. Juan Carlos Lucio Godoy, el padre de Pope y Nico, Próspero César Bonelli, Néstor Eggs propietario de Noelma, uno de los principales sponsor de los Bonelli. La empresa aseguradora en un comunicado destacó en sus principales párrafos “Pope y Nico Bonelli, son hijos de nuestra ciudad y con antecedentes en su familia vinculada siempre al automovilismo desde hace décadas”. “Río Uruguay Seguros que ha acompañado el desempeño de ambos en sus carreras deportivas, hace hoy su reconocimiento a los hermanos Bonelli, quienes en el presente año se encuentran compitiendo en diferentes categorías”. El Pope se destaca en el TC donde inluso logró una pole y Nicolás en el TC Mouras, categoría en la que debutó esta temporada.

PRODUCTORES ASESORES - OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE BASES DE DATOS

En el B.O. del 5 del corriente, fue publicada la Resolución Conjunta 627/2010 y 34933/2010 suscripta por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Organismo de control de la actividad aseguradora, a cuyo texto completo puede accederse presionando aquí.

Nos hallamos en espera de la respectiva reglamentación que, conforme se indica en el art. 2º, debe ser establecida dentro de los 60 días contados a partir del 22 de marzo. En esa oportunidad, nuestra asesoría letrada hará una adecuada evaluación de la misma, que informaremos tanto a nuestros asociados como al mercado en general.

En tanto, sugerimos tener en cuenta algunas cuestiones básicas, aplicables en esta materia:

1) La norma no tendrá aplicación efectiva hasta tanto sea reglamentada por la Superintendencia de Seguros de la Nación hecho que, como comentamos precedentemente, no ha sucedido hasta este momento.
2) Atento que la renovación del derecho de inscripción para el año en curso vencerá el 30 del corriente, si la reglamentación es dictada a posteriori, el cumplimiento de la misma recién sería exigible en el año próximo, antes del pertinente vencimiento del derecho de ese momento, que habitualmente es fijado para el 30 de abril.
3) Debe aclararse también que -conforme a las normas actualmente vigentes a nivel general- los responsables deben informar ciertas especificaciones respecto de la base de datos en su poder, pero no los datos puntuales de la misma. Vale decir que no deben transmitir la composición detallada de la misma (persona por persona o empresa por empresa, ni domicilios, teléfonos, etc.). Asimismo, la obligación no tiene carácter general, sino que rige a partir de un volumen mínimo, predeterminado, de componentes de la base.

A mayor abundamiento, quienes quieran profundizar más en el tema, pueden hacerlo a través de:

Ley de protección de los datos personales (Ley Nº 25326)
Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

Formulario de registración y valor de los formularios

Por qué registrar una base

Finalidades de las bases de datos

viernes, 28 de mayo de 2010

BANCO DO BRASIL


El Banco do Brasil podría llevar al exterior sus operaciones de seguros y su estrategia inicial contemplaría el mercado argentino para trabajar. Así lo informó CQCS, según el cual, para ello contaría con las agencias del Banco Patagonia que adquirió en abril, a través de cuyas oficinas comercializaría las pólizas.

Paulo Cafarelli, vicepresidente de Nuevos Negocio del Banco do Brasil, confirmó que la elección de MAPFRE como socia en el área e seguros abre camino también a la internacionalización del área de seguros del banco en el futuro. Vale decir que el acuerdo con MAPFRE es por un período de 20 años y el inicio de las operaciones conjuntas está previsto para el primer semestre de 2011.
En la actualidad el Banco do Brasil trabaja en concluir la reestructuración de todas sus operaciones de seguros en Brasil y negocia la compra de la participación de ALIANÇA DA BAHIA y de SULACAP.

miércoles, 26 de mayo de 2010

Responsabilidad Fiscal Solidaria del Administrador de una Sociedad Anónima

En marzo de 2010, la sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (la “Cámara”), en la causa “De Llano, Pablo Enrique c/ D.G.I.”, entendió procedente responsabilizar a quien ejercía un rol como administrador en una sociedad anónima, pese a no formar parte del directorio.
Si bien no había sido designado como director por la asamblea de accionistas, el acusado ejercía la administración, manejo y disposición de los fondos de una sociedad anónima, por lo que fue responsabilizado en los términos de la Ley de Procedimiento Tributario (la “Ley”).
Del texto de la Ley surge que ante la falta de pago de una deuda tributaria de la sociedad, sus directores se tornan responsables de su incumplimiento y responden con su patrimonio de ser necesario.
En primera instancia, el Tribunal Fiscal de la Nación había considerado improcedente extender la responsabilidad al acusado porque no había sido designado director de la sociedad anónima por la asamblea de accionistas, como lo establece la Ley de Sociedades Comerciales.
Seguidamente, el Fisco Nacional apeló la resolución sosteniendo que esta resolución convalidaba una maniobra cuyo objetivo era burlar la ley, puesto que el acusado había colocado como titular de la sociedad anónima a un tercero, pero se reservaba para sí la administración, manejo y disposición de fondos.
Asimismo, el Fisco Nacional indicó que no sería necesario que el acusado revistiera calidad de director bajo una escritura pública, sino que meramente con probar su desempeño como tal bastaría para que se lo condenara solidariamente conforme la Ley.
Finalmente, la Cámara hizo lugar al recurso interpuesto por el Fisco Nacional y consideró que, a pesar de que el acusado no había sido designado director por la asamblea de accionistas, sí se demostró que ejercía la administración y representación de la sociedad.
En consecuencia, la Cámara resolvió que era procedente considerarlo responsable solidario en los términos de la Ley.

Resultados de la aseguradora Cigna


La aseguradora estadounidense Cigna, especializada en el sector sanitario, ha superado las previsiones de los analistas en el primer trimestre, al presentar un BPA de $1,01 frente a una previsión de $0,90 establecida por el consenso.El beneficio neto sube un 36% respecto al 1T de 2009, hasta $283 millones.

Los ingresos trimestrales suben hasta $5.200 millones desde $4.800 millones. La compañía reitera su objetivo de conseguir un BPA anual en 2010 entre $3,75 y $4,15.“Nuestros resultados del primer trimestre reflejan la fortaleza de los ingresos en nuestras operaciones y demuestran la resistencia y diversificación global de nuestro modelo de servicio sanitario”, ha señalado el CEO, David Cordani


Vuelven a Argentina a cobrar una Compañia que nunca les pagaron, esto traerá mucho ruido
FBI de por medio

Las autoridades costarricenses de seguros aprobaron el miércoles el funcionamiento en el país de la aseguradora con capital panameño y local ADISA (Aseguradora del Istmo), la séptima en recibir el aval como parte del proceso de apertura de ese mercado en manos de un monopolio estatal desde 1924. En el 2008 fue aprobada la ley de apertura, como parte del grupo de reformas asociadas al tratado de libre comercio con Estados Unidos.Un 76% de ADISA pertenece a QBE del Istmo Compañía de Reaseguros Inc, domiciliada en Panamá. Otro 24% es de la Cooperativa Nacional de Educadores (COOPENAE). En Costa Rica su enfoque estará en la categoría de seguros personales, detalló la Superintendencia General de Seguros en un comunicado. Además de ADISA, otras que ya tienen el visto bueno para ingresar al mercado costarricense son Assa Compañía de Seguros S.A., también de Panamá, la combinada Aseguradora Mundial-MAFRE y la estadounidense Pan American Life Insurance, que competirán con el Instituto Nacional de Seguros (INS) y otras locales."A tan sólo un año y ocho meses de haberse roto el monopolio de seguros, nos sentimos complacidos por el dinamismo y el potencial con que el sector se está desarrollando, no sólo hemos comprobado el interés de compañías reconocidas a nivel internacional, sino que también somos testigos de la capacidad de las empresas nacionales de competir", indicó el Superintendente de Seguros, Javier Cascante. Aclaró que ADISA dispone de cuatro meses para cumplir con todos los requisitos antes de poder ofrecer sus productos al público. Actualmente, los consumidores tienen a su disposición 150 pólizas debidamente registradas ante la Superintendencia.

Con la finalidad de repasar los objetivos y estrategias fijadas por la Corporación para el presente año en Argentina y la región, W. Robert Berkley Jr., vicepresidente ejecutivo de Berkley International, se hizo presente en nuestro país.
En el marco de una apretada agenda, el funcionario se reunió con diferentes equipos de trabajo, profundizando el objetivo de lograr un equilibrio entre flexibilidad y capacidad de respuesta, combinando el expertise de una empresa local, con los recursos, la fortaleza financiera y la tecnología de una gran corporación, agregando valor de esta manera a la gestión del Productor Asesor, socio estratégico del negocio.

En la visita, se reafirmó que la compañía continuará reforzando el relacionamiento con los Productores Asesores de Seguros, a través de diversos programas y profesionalizando su actividad a través de la capacitación y la prevención de riesgos.

martes, 25 de mayo de 2010

Allianz Argentina lanza “Club Allianz”.


Allianz, líder europeo en seguros y servicios financieros, lanza el nuevo programa de fidelización y beneficios para los productores de Allianz Argentina, “Club Allianz”. Con el objetivo de fortalecer los lazos con los productores de seguros, Allianz ideó este nuevo programa de beneficios exclusivos, cuyo ingreso se da cumpliendo dos variables simultáneas: tener como mínimo 40 pólizas vigentes y una producción anual de $75.000. El programa “Club Allianz” se divide en tres categorías de productores, de acuerdo a la cantidad de pólizas vigentes y la producción anual: * Águila Líder, integrado por todos los productores que tienen más de 400 pólizas vigentes y una producción anual de $500.000.* Águila Visionaria, integrado por todos los productores que tienen más de 150 pólizas vigentes y una producción anual de $250.000.* Águila Emprendedora, integrado por todos los productores que tienen más de 40 pólizas vigentes y una producción anual de $75.000.Club Allianz tendrá importantes beneficios y descuentos para sus miembros, entre los que se destacan bonos trimestrales, viajes y dinero para acciones sociales. Como elemento principal, el Club cuenta con concursos de venta trimestrales, con premios en dinero. El productor podrá multiplicar su premio en función a su categoría de pertenencia.

lunes, 24 de mayo de 2010

Condenan a Línea Aérea por Daños y Perjuicios por la Demora en la Entrega del Equipaje

La sentencia de primera instancia había hecho lugar a la demanda presentada contra Alitaila Líneas Aéreas Italianas S.A. a abonar un resarcimiento tras considerarla responsable de los perjuicios que debió padecer la actora a raíz de la demora de cinco días en la entrega de su equipaje que tuvo lugar en Roma, Italia.
En la causa “Milia María Carolina c/ Alitalia Líneas Aéreas Italianas S.A. s/ daños y perjuicios”, ante la apelación presentada por la compañía aérea, quien desconoció la autenticidad de la documentación presentada, los jueces que integran la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones, sostuvieron que más allá del reconocimiento ficto de la documental, en el presente caso se encuentra probado que los extremos de hecho invocados en la demanda han sido demostrados por la prueba informativa y testimonial producida en la causa.
Con relación a la prueba informativa, los magistrados remarcaron que Alitalia reconoció expresamente la autenticidad de los tickets de viaje por ella emitidos. En cuanto a la prueba testimonial, los jueces expusieron que las declaraciones de los tres testigos ilustran sobre el retraso en la entrega del equipaje y las complicaciones que ello le generó a la actora, sumando a ello que la empresa demandada no se hizo presente en ninguna de las audiencias ni cuestionó la relación que unía a dos de las declarantes con la actora.
Con relación a la apelación presentada por la actora quien solicitaba la elevación del daño moral y del daño material, los jueces decidieron hacer lugar a dicho reclamo.
Los camaristas consideraron errado la decisión del juez de primera instancia de descontar los gastos relativos a las comidas, señalando que el carácter integral del resarcimiento exige atender a las consecuencias previsibles de la conducta antijurídica, por lo que la estadía en Roma por cinco días, involucra sin dudas ese tipo de erogación.
Al decidir elevar la suma reclamada en concepto de daño material, los jueces explicaron que “de no haber mediado incumplimiento de la línea aérea en la entrega oportuna del equipaje, la pasajera no hubiera permanecido allí ni afrontado los gastos en cuestión”, agregando que “no basta sostener que esa necesidad la habría tenido en cualquier ciudad”, debido a que “estamos hablando de un daño emergente que se agrega al presupuesto originariamente contemplado por la demandante (si una persona planea tomarse vacaciones por diez días y termina varado por cinco días más por culpa del transportador, no cabe eximir a este último de los consumos en que aquella incurriese para alimentarse durante la demora)”.
En cuanto al daño moral, en la resolución del 10 de febrero de 2010, los magistrados consideraron procedente elevar el monto reconocido en tal concepto, señalando que no se trató de la mera demora en la entrega del equipaje, sino que ello significó la modificación de un plan de viajes de una persona, debido a que como consecuencia de lo ocurrido la actora no pudo visitar otras ciudades que tenía previsto.
“La frustración de un momento tan esperado en el año como son las vacaciones, genera un trastorno de mayor entidad que aquél derivado de la falta de las valijas, sobre todo si se repara en que el inconveniente duró un tercio del lapso pensado inicialmente para esparcimiento”, sostuvieron los jueces.

viernes, 21 de mayo de 2010

agentes institorios

PUEDE SER AGENTE INSTITORIO DE RIO URUGUAY UNA EMPRESA QUE HA SIDO INHABILITADA POR LA SSN?

PARECE QUE SI.

SÓLO BASTARIA CON IR A STOP CAR Y VER QUE VENDEN PÓLIZAS.

LA SSN PARECE QUE MIRA PARA OTRO LADO.

jueves, 20 de mayo de 2010

El Banco Central Informó que Hubo 200 Mil Denuncias de Cheques Robados o Extraviados



Por medio de un comunicado, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que durante los primeros seis meses de implementación de la Central de Cheques Denunciados como Extraviados, Sustraídos y Adulterados, en las entidades financieras se reportaron más de doscientos mil cheques.

De acuerdo a lo explicado por la entidad, la Central de Cheques Denunciados "permite que los receptores de los valores puedan prevenirse y, al mismo tiempo, evitar la consumación de un hecho delictivo o de maniobras fraudulentas con el cheque, ante la posibilidad de negarse a recibir ese instrumento de pago".

Por medio de dicho servicio gratuito, las personas que reciben un cheque pueden conocer si sobre el mismo existe una denuncia por sustracción, extravío o adulteración.

De acuerdo a lo informado por el BCRA y la Superintendencia de Entidades Financieras, también se vieron incrementadas las consultas en el sitio web de la entidad, en la opción Central de Información/ Cheques Denunciados, superando el promedio diario las 15 mil consultas.
Según el comunicado oficial, por medio de la Central, la cual se suma a las de Deudores del Sistema Financiero y de Cheques Rechazados, "ayuda entonces a disminuir los ilícitos que se realizan con cheques y chequeras ajenas y la cantidad de robos y extravíos que estas involucran, así como también a aumentar la información disponible en el mercado".

OSSEG


La obra social del seguro no cubre la vacuna de la gripe "A".


Con la recaudación extraordinaria que tiene ,realmente no llama la atención que una prestigiosa

obra social como esta y sin saber que hacer con semejante caja no cuide la salud de sus afiliados.


Vamos Muchachos a ponerse las pilas.

BOSTON


Parece Gualecuaychu.


No lo dejan cruzar el charco,dentro de poco ni los salvavidas de los barcos la van a poder mantener a flote.


Casos parecidos a Omega llaman la atención: en Omega y/o mutual de Omega trabajaban las esposas de Gallo y Cazaras.


En Boston Trabaja el Hermano de Dominguez y un ex funcionario de la SSN Sr Mendez


El final será el Mismo?


CASA DE PIEDRA EN LLAMAS

Tirarón la Pirinola

Todos ponen.

Retira todo

No se reparte nada.

Problemas con la línea y altos funcionarios,parece que la pirinola se queda en el medio del campo.

INDER

El Dr Quintana llama inútiles a todos los liquidadores de INDER,publicado en estrategas.

Luego de ser director de una de las más grandes empresas del mercado asegurador ,su palabras son poco creíbles,consideramos que si quiere hablar del tema llame a las cosas por su nombre y con su nombre y apellido.

No siendo que inútiles sea sinónimo de...

miércoles, 19 de mayo de 2010

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y Standard Bank Argentina S.A. otorgaron un préstamo sindicado a Coca-Cola Polar Argentina S.A.

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y Standard Bank Argentina S.A. otorgaron un préstamo sindicado a Coca-Cola Polar Argentina S.A. por un monto de P$50.000.000

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y Standard Bank Argentina S.A. otorgaron un préstamo sindicado a Coca-Cola Polar Argentina S.A. por el monto de Pesos Cincuenta Millones ($ 50.000.000). Coca-Cola Polar Argentina S.A. es una sociedad licenciataria de The Coca-Cola Company, para el embotellamiento, distribución y comercialización de bebidas gaseosas dentro delterritorio de la República Argentina que comprende las provincias de Santa Cruz, Neuquén, Chubut, Tierra del Fuego, Río Negro, La Pampa, y una porción de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, es una empresa controlada por Embotelladoras Coca-Cola Polar S.A., compañía que realiza la misma actividad en Chile, y que posee a The Coca-Cola Company como uno de sus accionistas.

Los fondos serán destinados a financiar los planes de mejoramiento y expansión de la capacidad instalada de la compañía en la Provincia de Buenos Aires. El préstamo sindicado tiene vencimiento final en 2013.

Analía Battaglia(socia)y Ángeles Di Girolamo (asociada)de Bruchou, Fernández Madero & Lombardi actuaron como asesor legales externos de los bancos.

Joaquín Ibañez (socio) y Pablo Cozzi (asociado) de Cibils, Labougle & Ibañez actuaron como asesores legales externos de Coca-Cola Polar Argentina S.A.

RESOLUCION 35.057 - SSN

La SSN cancela la inscripción de PADANA ASSICURAZIONI S.P.A. en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 753.

RESOLUCION 35.057 - SSN

La SSN cancela la inscripción de PADANA ASSICURAZIONI S.P.A. en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 753.

RESOLUCION 35.076 - SSN


La SSN autoriza el cambio de denominación de MAPFRE EMPRESAS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., entidad inscripta bajo el Nº 745 en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, por su actual denominación MAPFRE GLOBAL RISKS, COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

El Poder Ejecutivo Presentó Proyecto para que las Personas Jurídicas Respondan por los Ilícitos de sus Directivos

Durante el transcurso de la semana pasada, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley a la Cámara baja que pretenden modificar el Código Penal, incluyendo dentro de sus alcances la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tanto de carácter público como privado.



De acuerdo a lo expuesto entre los fundamentos de la iniciativa, mediante la modificación se busca constituir una herramienta parar hacer frente a la llamada “delincuencia de cuello blanco”, contribuyendo mediante ello a “generar seguridad, confianza y previsibilidad en la acción económico – financiera del país y en su sistema de penas y sanciones”.



La iniciativa contempla que las personas jurídicas “serán responsables penalmente por los actos u omisiones realizados por sus órganos de representación, mandatarios, supervisores u otros autorizados de hecho o de derecho en el ejercicio de la actividad empresarial organizada cuando la conducta pudiera redundar en el interés, beneficio o se realice con recursos facilitados por las mismas, o cuando la comisión del delito se haga posible por el incumplimiento de deberes de dirección y supervisión legalmente establecidos”.



Según establece el proyecto en el texto que se incorporaría como 35 ter al Código Penal, tales actos u omisiones serán considerados como realizados directamente por las personas jurídicas, aun cuando el acto jurídico determinante de la representación o del mandato sea ineficaz o aparente, fijando que “las sanciones a personas jurídicas podrán aplicarse aun en el caso de quienes hubieren actuado en su nombre, representación, interés o beneficio, no resultarán condenados, siempre que el delito se haya comprobado”.



En caso de aprobarse la iniciativa, las personas jurídicas podrían recibir sanciones que incluyen la aplicación de multas, pudiendo llegar las mismas hasta el 33 por ciento del patrimonio neto de la entidad.



Otras de las sanciones contempladas en el proyecto consisten en la cancelación de la personería jurídica, suspensión de sus actividades, clausura parcial o total del establecimiento, pérdida o suspensión de beneficios estatales, suspensión en los registros de proveedores del Estado y la prohibición definitiva de realizar actividades en el rubro en que se hubiera cometido el delito.

sábado, 15 de mayo de 2010

DA RISA ,NO?


El ex banquero Marcos Gastaldi y el magnate italiano Luciano Benetton volvieron a encontrarse bajo el sol de Punta del Este. Más aún, se mostraron juntos como los buenos amigos que son desde hace 20 años. Lejos parecen haber quedado los años en los que Gastaldi mantenía un perfil más que bajo –luego de la quiebra del banco Extrader, en 1995– y en los que el cerebro detrás del emporio italiano de los colores venía poco y nada al sur de América. Tiempos en los que la relación entre ambos continuaba en forma fluida, aunque a la distancia. Pero ya no. Gastaldi y su mujer, Marcela Tinayre, fueron los anfitriones del italiano y su esposa Laura en su casa de José Ignacio y compartieron también alguna de las fiestas del exclusivo jet set esteño. Pero no todo fue diversión en Punta. También hubo tiempo para discutir y brindar por negocios inminentes.

Según pudo saber FORTUNA, ambos empresario preparan un desembarco en el negocio de los seguros en la Argentina. De la mano de Gastaldi, es el debut mundial del grupo italiano en este rubro. Además, el holding, cuyo negocio de indumentaria factura 18.000 millones de euros por año, ampliará su presencia local en los próximos meses: construirá una curtiembre en Trelew, planifica instalar un frigorífico y mantiene sus 900.000 hectáreas en la Patagonia. Esos campos, que administra por medio de Compañía de Tierras del Sud Argentino S.A. (CTSA), le significaron una inversión de u$s 80 millones.

NUEVOS NEGOCIOS. Este año, Luciano Benetton se quedará con un tercio de la local Aseguradora Federal Argentina S.A. Si bien aún se está definiendo el monto final de la operación, es una realidad que Gastaldi es el nexo entre las partes y quién convenció al italiano de apostar por un rubro desconocido dentro de su basta cartera global de negocios.

"No está cerrado todavía, pero sí muy avanzado", confirma Luis Dapero, presidente de Aseguradora Federal Argentina. "En mayo fui a Milán, nos reunimos con Rocco –hijo de Luciano– y acordamos encarar un proyecto en forma común", detalla el empresario.

Aseguradora Federal es una compañía mediana, según su presidente. Factura unos $ 70 millones por año y en la actualidad se dedica básicamente al ramo automotor. El mayor objetivo de la nueva sociedad es diversificar la cartera de negocios y enfocarla más hacia el segmento de los seguros de vida.

En principio con el traje de “celestino” entre las partes, el verdadero rol de Gastaldi en la operación se definirá en los próximos días cuando se plasme el acuerdo definitivo. Mucho más que un lobbysta, las opciones incluyen hasta la representación formal de los Benetton en el directorio o en el management de la aseguradora. Otro detalle a definir es cuál de las empresas del grupo canalizará la nueva inversión, o si lo hará Luciano individualmente a través de una nueva sociedad.

Si bien la reunión en Italia fue con Rocco varios meses después, en noviembre del 2005, Carlo Benetton –hermano menor de Luciano y presidente de CTSA– cenó con Gastaldi y Dapero en el Hotel Alvear de Buenos Aires. Allí, delinearon la operación a la que luego Luciano le daría el OK. En CTSA, por las dudas, prefieren mantener el perfil bajo tradicional y no hablar del tema hasta recibir un guiño de Milán.
"Es la primera experiencia mundial de los Benetton en el mercado de los seguros y la encaran sólo porque está Marcos en el medio. Él tiene una gran amistad con los Benetton, les inspira mucha confianza. Para la familia Benetton es muy interesante entrar al negocio de los seguros. La idea es formar una compañía que no sea sólo local. No hay muchas empresas mixtas en el sector: son extranjera, nacionales o cooperativas", detalla Dapero.

SEGMENTO EN ALZA. "El mercado de seguros tiene mucho para crecer. Los segmentos de autos y otros productos tradicionales se están estancando por sobreoferta", describe Víctor Varone, experto en seguros del estudio Iezzi-Varone. "Pero hay un terreno muy propicio para otros campos, como garantías, cauciones y otras modalidades que están fuertes en el mundo y que aquí recién empezamos a ‘descubrir’. También es buen momento para seguros de vida, que si bien son un producto tradicional, aún tienen mucho para crecer. Es un buen momento para invertir en el sector, aunque el mercado tendría que sanearse más con controles oficiales y ayuda de las propias empresas", afirma.

Continúa







A pesar de las buenas condiciones para la inversión, algunas fuentes del mercado indican que la empresa de Dapero no es una rara avis dentro del rubro.

"Aseguradora Federal es una empresa que absorbió la cartera de una compañía llamada FATA, liquidada hace unos años y se la podría ubicar dentro del grupo de aseguradoras preocupada por la caja. Tiene muy buen marketing y en eso, la cercanía de Gastaldi, ayuda mucho", asegura un especialista en seguros que prefirió el anonimato.

"A mí el perfil alto siempre me dio malos resultados". Así, lacónico, se excusó Gastaldi en Punta del Este a la hora de comentar el nuevo negocio. Si embargo, en el círculo íntimo del empresario confirman el acuerdo de confidencialidad firmado con Benneton por la operación. En confianza, aportan que el acuerdo llega en un momento en el que los Benetton volvieron a ver con buenos ojos las inversiones en el país aunque la situación aún no es propicia para regresar con sus famosas tiendas. "Me encanta la Argentina, pero siento profundamente no poder regresar todavía. En los últimos años, los costos eran injustificados y la burocracia es tanta que se hace imposible la importación de productos", le dijo Luciano al diario La Nación en octubre, cuando el grupo festejó en París sus 40 años.

La relación entre Gastaldi y Benetton se gestó en 1985, cuando se conocieron en Punta del Este y el argentino le alquilaba su chacra. En los ’90, Gastaldi estuvo vinculado a gran parte de la actividad comercial del clan italiano en el país: desde el manejo de las marcas de indumentaria (Benetton, Sisley y 012) hasta la compra de campos en el Sur.

Si bien la relación con Luciano siempre la comandó Marcos, éste estuvo secundado en todo momento por su hermano menor Federico, una mezcla de hombre de negocios todoterreno y playboy latino, íntimo del Rolling Stone Mick Jagger y ex novio de la diseñadora Stella McCartney, hija del ex Beatle. Uno de los pocos enterados del nuevo negocio de los seguros, deslizó con los pies en la arena que, si bien Federico está radicado en el exterior, quizás pueda unirse al negocio.

Benetton estuvo una semana en el Este. Vacaciones cortas, pero intensas. Disfrutó de sus paseos por la arena, cenó con Mariano Grondona, saludó a Juan Navarro en la fiesta de Lacoste y hasta dijo presente en la inauguración de la florería que Ignacio Viale (h), el hijo de Tinayre, abrió en La Barra. Luciano, el de las eternas camisas blancas y sweaters coloridos sobre los hombros, se mostró siempre sonriente y distendido.

REY PATAGÓNICO. Hasta el momento, los negocios formales de Benetton en la Argentina se nuclean en torno a CTSA, una sociedad anónima que preside Carlo y cuyo vicepresidente es Diego Perazzo, ex Loma Negra.

Los últimos anuncios de CTSA estuvieron relacionados con la construcción de una curtiembre y un frigorífico ovino en la zona franca Comodoro Rivadavia. Por ambos, CTSA iba a invertir u$s 15 millones, pero finalmente ese dinero será destinado sólo a Fabril Patagónica, la curtiembre que se levanta en Trelew donde ya funciona un lavadero de lana. La planta está en construcción y procesará 1 millón de cueros por año. A lo largo del 2007 se decidirá el lugar y la inversión que requerirá el frigorífico.

CTSA existe desde 1890 y siempre se dedicó a la producción agropecuaria. Fue de capitales ingleses, se nacionalizó y, en 1991, pasó a manos de Edizione Real State, el holding que nuclea todos los negocios de la familia Benetton. El desembolso fue de u$s 37,5 millones. Entre 1995 y 1998, CTSA compró estancias por u$s 30 millones. Hoy tiene campos en Santa Cruz, Buenos Aires y Río Negro, suma 970.000 hectáreas y cuenta con cuatro estancias que se dedican a la producción de carne vacuna, ovina, lana y cereales. Tiene 16.000 cabezas de ganado bovino y 260.000 ovejas cuya producción –1.300 toneladas de lana al año- se exporta a Europa. Desde su instalación, la compañía vendió campos por u$s 6,5 millones.

Pero no todas son rosas. A fines del 2004, CTSA ganó un largo juicio contra una familia mapuche que reclamaba 500 hectáreas como parte de su territorio. A pesar del resultado, la repercusión del caso –con viaje de los indígenas a Italia incluido– impactó en la imagen del empresario. Otro de sus proyectos cuestionados por los patagónicos es Minera Sud Argentina, la minera en la que CTSA tiene el 60% y cuyo capital a la fecha asciende a apenas u$s 500.000.

A nivel global, hace 10 años que Edizione Real State dejó de ser una empresa de indumentaria (con las marcas Benetton, Sisley, Playlife y Killer Loop) para convertirse en un diversificado holding. Autogrill, por ejemplo, es su negocio de catering con presencia en 27 países. Es dueña del 17% de Olimpia, el principal accionista de Telecom Italia, y controla aeropuertos, hoteles y negocios inmobiliarios, financieros y deportivos.

Autostrade, la unidad que maneja 3.400 kilómetros de autopistas en Europa, está en proceso de fusión con la española Abertis Infraestructuras. La operación es muy cuestionada por el gobierno italiano, pero si se concretara, Benetton se transformaría en accionista de las criollas Autopistas del Sol y Grupo Concesionario del Oeste. Ambas autopistas locales tienen a Abertis como accionista principal.

Y ahí sí, entre peajes citadinos, la paz de los productivos campos patagónicos y los lucrativos seguros, el empresario del pelo cano y los sweaters chillones vuelve al ruedo local. Y lo hace de la mano de un amigo de siempre.


Y BENETTON?

viernes, 14 de mayo de 2010

Siete minutos de granizo, más de quince millones de dólares

Fueron sólo siete minutos de granizo. Esta vez, la violencia del fenómeno se concentró en Vicente López y provocó daños materiales tan graves que un cálculo parcial de las reparaciones, estima pérdidas mayores a los quince millones de dólares.

La cifra está basada en valuaciones de las cinco compañías aseguradoras con mayor participación en el mercado local, consultadas por lanacion.com.

Pero el monto no representa el total del daño provocado por el fenómeno, ya que de las cerca de 30.000 viviendas dañadas contabilizadas tras la tormenta del 18 de abril último, sólo una fracción menor está cubierta por un seguro. Es que "en líneas generales se calcula que en el país están aseguradas sólo el 10% de las viviendas. Quizás en Vicente López esta proporción pueda ser levemente superior, pero no mucho más", aseguró a lanacion.com José Moreira, gerente comercial de la oficina Buenos Aires Norte de Mapfre.

Otras empresas aseguradoras consultadas coincidieron con la apreciación de Moreira y arriesgaron que el máximo de la población cubierta por seguros de vivienda no superaría el 20% para la zona. "Es una localidad de alto poder adquisitivo, con mayor cultura aseguradora. Por eso una mayor proporción poblacional de lo normal puede tener contratado seguro. Otra hubiera sido la situación en Quilmes o Ramos Mejía", explicó Daniel Donadels, director de Servicios y Prestaciones de Liberty Seguros.

A casi un mes de la tormenta las aseguradoras continúan en plena tarea de responder a las demandas de los afectados. Casi todas debieron flexibilizar criterios y poner en marcha planes de contingencia ya que, al pico de la demanda inicial, se sumaron otras variables como que muchos vecinos todavía siguen descubriendo daños insospechados (como roturas en tanques de agua); hay dificultad para conseguir tejas y se registra una súbita escasez de mano de obra especializada.

Por eso, todas subrayan que los datos suministrados son provisorios. En el caso de las viviendas, el número de denuncias por daños alcanza las 2589, según se suma de los datos provistos por Liberty, Mapfre, La Segunda y Federación Patronal. En tanto, la cantidad a pagar por cada demanda, según resulta del promedio de las cifras suministradas, es de $4000, lo que lleva a un total cercano a los $10.400.000.

Sin embargo, algunas empresas que fueron extremadamente cautelosas a la hora de proveer valuaciones, reconocieron que en cuanto se confirmaran los presupuestos demorados preveían que el promedio trepara a los $5000 por siniestro, es decir, casi $13.000.000.

La situación es completamente diferente con los automóviles. Es que "sólo el 5% de la gente que asegura el vehículo, hace lo mismo con su casa. Y es raro que al contratar no pregunten si la póliza contempla la cobertura por granizo. Tiempo atrás las consultas eran por la eventual reposición de la rueda de auxilio o del estéreo, en caso de robo", dijo Gabriel Espinosa, jefe de División de la oficina Buenos Aires del Grupo Asegurador La Segunda.

Así es como en este rubro el número de denuncias llega a las 16.718 con un promedio de gastos de $3250 cada uno, según surge de las mismas fuentes, más las cifras provistas por La Caja, que casi exclusivamente cubre automotores y recibió 8000 denuncias tras el granizo. El monto del daño, en este caso, es cercano a los $56.800.000.

Con el antecedente de 2006, y otro de marzo de 2008 en la ciudad de La Plata, los concejales de Vicente López ya solicitaron la creación de una Agencia de Protección Ambiental que pueda prever y administrar crisis meteorológicas como esta, cuyos daños costaron más de 15 millones de dólares en seguros por la mayoría de los autos destruidos y sólo el 10% de las viviendas en la zona.


Por Silvana Santiago
De la Redacción de lanacion.com

Vicente Tardío (ALLIANZ SEGUROS):: “Autos debería cambiar de rumbo en 2010”


Con una expectativa de recuperación de la economía española que “será larga y dura”, y los efectos de la crisis todavía presentes, tanto en contracción del negocio como en competencia, “cabe suponer que el sector asegurador continúe afectado, al menos en su crecimiento y en sus resultados técnicos y financieros” durante el presente año. Así se expresa Vicente Tardío, presidente y consejero delegado de ALLIANZ SEGUROS, en entrevista en el último número de 'Actualidad Aseguradora', en la que matiza, no obstante, que “algunos ramos, como el de Autos, por ejemplo, deberían cambiar de rumbo en 2010, especialmente en lo que a primas se refiere, ya que la dura competencia de estos últimos años no parece poder seguir por mucho más tiempo”. “Es de esperar –añade- que 2010 sea un año en el que se reflexione profundamente sobre la idoneidad de algunas políticas comerciales”.

Por Redacción BDS - 13/05/2010

Con esta coyuntura, el objetivo de la aseguradora, “como en años anteriores, es batir al mercado. Nos damos metas basadas en el mercado porque es lo que mejor ilustra una evolución positiva”. Igualmente, “continuaremos con nuestra estrategia conservadora en materia de inversiones y gestión de activos, porque nos ha dado muy buenos resultados hasta el momento”.

Asimismo, como “una de nuestras prioridades permanentes”, la aseguradora quiere “estar cerca de los clientes y ser bien valorados por ellos. En tiempos de crisis, es cuando probablemente es aún más importante estar al lado de los asegurados”. Además, seguirá apostando decididamente por el canal mediador, la más avanzada tecnología, una amplia y moderna gama de productos y servicios para Particulares y Empresas.

LÍDERES POR RAMOS EN 2009

Este último número de 'Actualidad Aseguradora' publica un extracto del exhaustivo estudio que el Departamento de Investigación de INESE ha realizado con los rankings de grupos y de entidades en los principales ramos del Seguro español al cierre del ejercicio 2009. Así, se recogen en este número de la revista las clasificaciones de las 100 primeras compañías en el total de ramos y las líderes tanto en Vida como en el conjunto de seguros No Vida, además de la casi totalidad de ramos.

jueves, 13 de mayo de 2010

Ordenan a Facebook Cerrar Grupos Creados por Menores de Edad

Tras un pedido presentado por una ONG que defiende los derechos de los consumidores, en el día de ayer, un juez mendocino ordenó como medida cautelar a Facebook Inc. Cerrar los grupos creados por menores de edad que tengan por finalidad promover la falta de asistencia masiva a las clases escolares.



Buscando evitar que se repita lo ocurrido el pasado 30 de abril, cuando por medio de una convocatoria a través de la red social Facebook unos tres mil alumnos se ausentaron de clases y se reunieron en la Plaza Independencia de la ciudad de Mendoza, el juez Alfredo Dantiacq Sánchez, a cargo del Segundo Juzgado Civil y Comercial de Mendoza, hizo lugar a una petición de la ONG Protectora, defensora de los derechos de los consumidores.



La medida precautoria había sido presentada por la ONG a pedido de un grupo de padres que se acercó a la entidad manifestando su preocupación por las “rateadas masivas”.



Al hacer lugar a la demanda presentada, el juez ordenó "el cese inmediato de los grupos creados o a crearse por menores de edad con el objeto de promover la falta al ciclo escolar, sin el debido consentimiento de sus padres o la autoridad escolar, para juntarse en un sitio específico y poder festejar dicho incumplimiento".



A su vez la sentencia decidió “hacer extensivo a posibles otros objetos donde los menores de edad promuevan objetivos que puedan causarse daño ellos o a terceros con su accionar; y haga efectivo el control de los contenidos de los grupos de menores de edad y su seguridad”, conforme a las políticas publicadas al respecto por Facebook, hasta que existe una sentencia definitiva al respecto.



La presente decisión se basó en lo establecido en el artículo 5º de la Ley de Defensa del Consumidor, donde se establece que "las cosas y los servicios suministrados no pueden poner en peligro la salud o integridad física de los consumidores".

QBE nombra a Belinda Hutchinson Presidente de su Consejo de Administración.


RRHH Press. QBE, la mayor aseguradora australiana y una de las mayores del mundo, ha hecho público el nombramiento de Belinda Hutchinson como Presidente de su Consejo de Administración. Belinda Hutchinson fue nombrada Consejera de QBE en 1997 y es Presidente del Comité de Inversiones. En la actualidad, la capitalización de la aseguradora es de 22.000 millones de dólares y esta presente en 47 países.

Según Belinda Hutchinson, “por mi experiencia en QBE, sé que su éxito se basa en un modelo de negocio adecuado y consistente. Espero colaborar estrechamente con el Consejo ayudando a fortalecer la rentabilidad para nuestros clientes, socios y empleados en todo el mundo”. En España, el Grupo QBE ha operado históricamente como reasegurador de referencia para compañías y brokers.

En 2005, y como parte de la estrategia de crecimiento europeo de la compañía, QBE adquirió el conjunto de agencias de suscripción Greenhill, en lo que supuso el primer paso del proyecto del Grupo en nuestro país. El 1 de mayo de 2.007 QBE inició su actividad directa de forma activa, con la constitución de la nueva sucursal española de QBE Insurance Europe Ltd.

miércoles, 12 de mayo de 2010

Accidentes laborales: fallos contra las ART

escrito por Ismael Bermúdez para Clarín
Mientras el Ministerio de Trabajo, empresarios y sindicalistas buscan consensuar una nueva ley de riesgos del trabajo, en distintas causas, varias Salas de la Cámara Nacional del Trabajo extendieron a las ART los fallos contra las empresas aseguradas.

Así, por la muerte de un trabajador que se cayó desde una altura de 12 metros, la empresa SER Sistemas —contratista de BAESA Cervecerías y Malterías Quilmes— fue condenada a pagar a los padres en primera instancia una indemnización de 170.000 pesos.

La sentencia fue apelada, pero la Sala VI de la Cámara elevó la indemnización a 220.000 pesos por "daño moral" y "daño psicológico" de los padres. Y además hizo "extensiva la condena dispuesta a Berkley International ART" por no haber observado "las obligaciones que el sistema pone a su cargo".

Rafael Martínez, abogado de Berkley ART, dijo que "la responsabilidad única es de la empresa porque la ART tiene una obligación de asesoramiento y no de resultados". También adelantó que había apelado a la Corte y que podría ser un caso testigo.

También la Sala VI, por un accidente de trabajo que determinó una incapacidad laboral del 24,75%, condenó a la empleadora y, solidariamente, a la ART QBE por la suma de 23.000 pesos con más intereses, cuando por el sistema previsto por ley de riesgos le correspondía 6.130,35 pesos.

El abogado de la parte obrera Horacio Schick sostuvo que los jueces extienden las condenas a las ART porque "se verifica que el accidente de trabajo está relacionado con incumplimientos al deber de seguridad que no fueron controlados ni denunciados por la ART".

La Sala IX, en un accidente que dejó en el trabajador una incapacidad del 48%, condenó a la empresa Hacesa, a la contratista Club Alemán de Equitación y, solidariamente, a CNA ART.

" Los fallos no están firmes, porque fueron apelados .

Y cuando en otros casos la Corte se expidió sobre esta materia, no avaló la responsabilidad solidaria de las ART de las instancias inferiores", sostuvo María Bettiol, gerente de la Unión de ART.

Adivinanza del mercado

Contador...
Tenía una moneda fuerte y ,pero necesito un auxilio familiar para seguir ,cuando se pudrió todo grito "olam" y por amar los taxis necesito un poco o toda la Libertad.
Sin duda hay que darle un premio por su perseverancia.

Un genio

Ratifican las calificaciones de Santander Río y Seguros Victoria

La agencia de riesgos Fitch Ratings ha confirmado la calificación nacional de fortaleza financiera de SANTANDER RÍO SEGUROS en “AA”, con perspectiva estable. En este caso, la nota asignada “se fundamenta en el adecuado aprovechamiento de su modelo de negocios que le permite obtener un satisfactorio desempeño técnico histórico y a su vez mantener holgados indicadores de liquidez, capitalización y solvencia. La calificación de la aseguradora está relacionada al soporte que le brinda su principal accionista, el Grupo Santander de España, a través del Banco Santander Río de Argentina, principal canal de distribución de SR SEGUROS”.

Por otro lado, Fitch anunció su decisión de mantener en “A” la calificación nacional de fortaleza financiera de SEGUROS VICTORIA, también con perspectiva estable. En este caso, el rating se basa “en sus prudentes políticas de negocios, en su buena rentabilidad, en su adecuada estructura de reaseguros y en el bajo apalancamiento con relación al mercado”.

martes, 11 de mayo de 2010

ARGENTINOS JUNIORS,CAMPEON?

Casa de piedra

Cual fué el lío de ayer.

Dicen que muy grosso.

QBE adquiere CNA


QBE anunció que ha suscripto un acuerdo para adquirir el 100% de CNA ART S.A.‚ una de las principales aseguradoras de riesgos del trabajo del país. El cierre de la operación está sujeto a la aprobación de la Superintendencia de Seguros de la Nación y a las restantes condiciones regulatorias y contractuales usuales.

Actualmente‚ CNA ART factura en la Argentina $ 550 millones anuales; en tanto que QBE INSURANCE factura $ 350 millones en el mismo período.

CNA ART tiene en el país 280 empleados y hace 13 años que está en la Argentina; mientras que QBE‚ 187 y desembarcó hace 10 años.

lunes, 10 de mayo de 2010

SIN CODIGOS :OTRA ENTREGA


Excelente el acto para el hospital de niños por el acto realizado en el día del taxista ,lástima que:
1)Por que esa desmedida publicidad en un evento en donde se supone que el único fin es ayudar al prójimo?

2)Se involucro a un prestigioso sindicato como el de los peones de taxis.
Estarán queriendo dar a entender que se asocia con este en la nueva aseguradora?

No subestimemos a GG,como olvidarse cuando compraba la rc barata,en Fotaleza,Amparo,Lua,etc.todas desaparecidas y de todas formas LA MUTUAL RESISTIÓ,contra todas las normativas vigentes.

Hoy Orbis esta en problemas ,pero LA MUTUAL RESISTIÓ.


La casa de piedra la inspecciOnó un millón de veces ,pero LA MUTUAL RESISTIÓ

Con tantos Beneficios y tanta ayuda que esta Mutual dá ,que costaba agradecerle y ayudar con la familia del ex presidente Fallecido ,después de haber brindado sus servicios y su firma a tantas donaciones.

Condenan a un Abogado a Indemnizar el Daño Moral Ocasionado a su Cliente por las Frases Injuriosas Vertidas en el Expediente

En el presente caso la actora había contratado los servicios profesionales del demandado, para que promoviera y continuara un juicio laboral iniciado por esta, remarcando la actora que al momento de celebrarse una audiencia de conciliación, el accionado trató por todos los medios de llegar a un acuerdo a pesar de su expresa oposición, por lo que decidió prescindir de sus servicios revocando el poder oportunamente otorgado.

A pesar de ello, en dichos autos el letrado presentó posteriormente un escrito por su propio derecho, el que a juicio de la actora resultó injustificadamente injurioso y calumnioso hacia su persona, provocándole una afección en su honra, autoestima, buen nombre y honor, así como también diversos padecimientos que afectaron su vida en relación con su familia.

En dicha presentación, el demandado había expuesto que la actora tenía “falta de criterio judicial, de visión estratégica de un caso como el de autos”, agregando que ello era “fiel a su estilo poco pensante y con una falta de madurez profesional digna de un adolescente”.

El letrado demandado sostuvo que tales expresiones habían sido vertidas en un medio acostumbrado a la refriega y la contienda, siendo en contraofensiva a las expresiones contrarias que la actora había referido a su persona en el mismo expediente.

En la causa “L.M.D. c/ B.R.A. s/ daños y perjuicios”, ante la apelación presentada contra la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda presentada contra el letrado, la Sala A ratificó lo señalado por la magistrada de primera instancia, señalando que las expresiones vertidas por el demandado desacreditaron a la actora en el ámbito donde desarrollaba su actividad, remarcando que las mencionadas expresiones reflejan un desprestigio profesional a la actora en su calidad de abogada, afectando su honor profesional.

“Si bien es cierto que la actora expresó frases injuriosas, dicho accionar no da derecho al demandado a vertir expresiones peyorativas que resultan ofensivas para un letrado, sino que eventualmente, le da derecho a iniciar la correspondiente demanda de daños y perjuicios o la pertinente acción penal contra la accionante”, explicaron los jueces.

Los camaristas señalaron que “en materia de hechos ilícitos, acreditada la acción antijurídica lesiva de alguno de los "derechos personalísimos", debe tenerse por probado in re ipsa el consiguiente daño moral, correspondiendo en todo caso al responsable la demostración de la existencia de alguna situación objetiva que permita excluir en el caso concreto ese tipo de perjuicio”.

Al ratificar la sentencia apelada, en el fallo emitido el pasado 12 de marzo, los magistrados señalaron que las frases vertidas, las que fueron reconocidas por el demandado, encuadran dentro de lo dispuesto por el artículo 1089 del Código Civil, resaltando que los términos empleados “poseen una evidente entidad injuriosa que constituyen una afrenta para la actora”.

viernes, 7 de mayo de 2010

Sentencia de 23 de Marzo 2010 TRAINMET

RECURSO DE HECHO Darbellay, Eduardo c/ Transportes Metropolitanos General Roca S.A. s/ daños y perjuicios.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 23 de marzo de 2010 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Trainmet Seguros S.A. (en liquidación) en la causa Darbellay, Eduardo c/ Transportes Metropolitanos General Roca S.A. s/ daños y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, en cuanto cuestiona la tasa de interés aplicable al caso, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Que los agravios que se refieren a la oponibilidad de la franquicia al tercero damnificado remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa O.64.XLIII "Ortega, Diego Nicolás c/ Transportes Metropolitanos General Roca S.A.", sentencia del 20 de octubre de 2009, cuyas consideraciones se dan por reproducidas.

La jueza Argibay se remite a su voto en la citada causa.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito. Notifíquese y archívese. ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E.

RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por Trainmet Seguros S.A. en liquidación, citada en garantía, representada por la Dra. María Marta Aponte Tinao. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala B. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 101. -1-

LA ECO SEGUROS


PARECE QUE LA SEMANA PASADA SE AUTORIZO EL RETIRO DE $2.000.000 APROX PARA PAGAR PROVEEDORES Y SUELDOS.

SERÁ SIMILAR AL CANJE DE LOS BONOS ARGENTINOS?

DE SER ASÍ QUIÉN COBRARÁ LA COMISIÓN.

CAMBALACHE ,SIEMPRE PRIMERO!!!

Dia del taxista


De regalo una adivinanza.

Cual es la compañia que trabaja desde 2001 con un amparo y a pesar de que no le alcanza el capital minimo sigue enamorando taxistas?

Se los dejo de tarea para el hogar.

Tendrá ademas una orden de no publicación?...o en la casa de piedra alguien que no informa igual que con Agosalta que al final tenía razón.

En fin,un edificio a nombre de una sociedad Uruguaya y un amparo por falta de capitales....ESTO ES SEGURO? LOS TAXISTAS Y REMISEROS TIENEN QUE ESTAR TRANQUILOS?

¨Por que razón otros no dicen nada de esto?...publicidad?

Seguiremos informando con más detalles.

miércoles, 5 de mayo de 2010

RESOLUCION 35.045 - SSN


Se autoriza a EULER HERMES American Credit Indemnity Company a operar en reaseguros

Otra autorización más para una reaseguradora. En este caso de trata de EULER HERMES AMERICAN CREDIT INDEMNITY COMPANY, quien podrá operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina.

Notificada la entidad de la presente resolución, se deberá inscribir en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros. Asimismo, se hace saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de la Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.

RESOLUCION 35.041 - SSN


RESOLUCION 35.041 - SSN
Se autoriza a JOHN HANCOCK Life Insurance Company a operar en reaseguros
En este caso, se autoriza a JOHN HANCOCK LIFE INSURANCE COMPANY (U.S.A.) a operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina.
Notificada la entidad de la presente resolución, se deberá inscribir en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros. Asimismo, se hace saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de la Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.

RESOLUCION 35.044 - SSN

Cambio de denominación de GENERAL RE (SUR) Cía. de Seguros S.A., que se llamará PARASEG S.A. de Seguros
La SSN conforma el cambio de denominación de GENERAL RE (SUR) CIA. DE SEGUROS S.A., entidad que en lo sucesivo se denominará PARASEG S.A. DE SEGUROS.


Consecuentemente, se reforma el artículo 1º al estatuto social aprobado por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime de Accionistas celebrada el 8 de abril de 2010.

A los fines establecidos en los artículos 5 y 167 de la Ley 19.550, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 35.040 - SSN


Se reforma el estatuto social de CERTEZA Compañía de Seguros
Se conforma la reforma del objeto social de CERTEZA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y la consecuente reforma de los artículos 2º y 13º del estatuto social aprobado por Asambleas Generales Extraordinarias Unánimes celebradas el 7 de diciembre de 2007 y el 10 de diciembre de 2009.
A los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, de Sociedades Comerciales, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 35.033 - SSN

Se conforma el acto constitutivo de COMARSEG Compañía Argentina de Seguros
La SSN autorizó a un nuevo “player” en el mercado asegurador. A través de la presente, dispuso conformar el acto constitutivo y los estatutos sociales de COMARSEG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. protocolizados por Escritura Nº 209 y Escritura Complementaria Nº 111.
En ese sentido, se autoriza a dicha compañía a operar en todo el territorio de la República Argentina en el Ramo RIESGOS VARIOS, con la documentación correspondiente al plan de SEGURO DE GARANTIA ASEGURADA, para suscribir operaciones hasta la suma máxima de $ 120.000. Como en estos casos, se deberá informar a la SSN en caso que la Política de Suscripción supere dicha magnitud.
Asimismo, se hace saber a la aseguradora que deberá ajustarse en materia de retenciones a lo dispuesto por la Resolución Nº 30.842 y sus modificatorias.
A su turno, la IGJ deberá proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio, la cual deberá ser cumplimentada en el término de 60 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º, párrafo 6 de la Ley 20.091. Una vez producida la inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, la compañía deberá comunicar la fecha de inicio de las operaciones, acompañando copia de los contratos de reaseguro que celebre.

RESOLUCION 35.024 - SSN


Se reduce el capital social y modifica el Estatuto de La Mercantil Andina
La SSN autoriza la reducción de capital social y modificación del artículo 5º delEstatuto de COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., de conformidad con lo aprobado por Asamblea General Extraordinaria de fecha 28 de octubre de 2009.

Comunicado de prensa CEDEAPSA‏ - Primicia de Cambalache




Convenio de colaboración

EL BANCO PROVINCIA FIRMÓ UN CONVENIO CON CEDEAPSA, LA CÁMARA DE SUPERMERCADOS CHINOS

El presidente del Banco Provincia, Guillermo Francos, y la presidente de la Cámara Empresarial de Desarrollo Argentino y Países del Sudeste Asiático (CEDEAPSA), Yolanda Durán, firmaron un convenio de colaboración para desarrollar acciones conjuntas que beneficien a ambos organismos.

“Los supermercados chinos son un agente muy importante de la actividad comercial, porque están localizados en todos los barrios y se han ganado una gran aceptación por parte de los consumidores”, expresó Francos. Y agregó que “desde el Banco Provincia queremos trabajar con este sector de manera coordinada para desarrollar acciones que le brinden más oportunidades de negocio a estos empresarios y mayores beneficios a sus clientes”.

Como primera a acción, el Banco pondrá a disposición de CEDEAPSA el portafolio de productos y servicios financieros que brinda a través de sus sucursales y las empresas del Grupo Banco Provincia.

Por su parte, Yolanda Durán indicó que “CEDEAPSA representa a los supermercados chinos, cuyos propietarios trabajan intensamente para ofrecerle a sus clientes los mejores precios”. Y agregó que “desde la cámara vamos a difundir a nuestros más de 3.000 asociados de todo el país los productos y servicios que ofrece el Banco y las empresas del Grupo Banco Provincia, para que puedan vislumbrar nuevas posibilidades de negocio para sus supermercados.”

Además del presidente del Grupo Banco Provincia, Ernesto Bruggia; participaron de la firma del acuerdo: el Gerente General del Banco, Eduardo Ordoñez; el subgerente general del Área de Comercialización y Créditos, Juan Carlos Ozcoidi; subgerente general del Área de Asuntos Jurídicos, Martín Eduardo Molina Zavalla; y la Gerente de Relaciones Institucionales, Cristina Sierra.

Acompañando a Durán, estuvieron presentes integrantes de la cámara y los delegados zonales: Chen Xia Hui, Huang Vin, Chen Hui Caui , Yan Xin Dng y Ricardo Charette Asesor de la Presidenta de la Cámara.
Cambalache siempre primero en la noticia.

Confirman Sanción contra una Empresa por Suspender una Promoción sin Informar a los Usuarios

La Justicia Federal confirmó una sanción aplicada por la Dirección Nacional de Comercio Interior contra una compañía telefónica por haber suspendido una promoción, dejando de aplicar una tarifa preferencial sin aviso antes de cumplirse la fecha de vigencia de dicho plan.Los jueces que integran la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, desestimaron el recurso de apelación presentado por Telefónica de Argentina S.A., contra la decisión de la Dirección Nacional de Comercio Interior de imponerle una multa de diez mil pesos por no haber informado a sus abonados la suspensión de una promoción.Dicha dependencia, había considerado que correspondía aplicar la mencionada sanción al haberse producido una infracción a los artículos 4 y 19 de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240, debido a que “la empresa no había informado al consumidor la suspensión del Plan de Domingo Libre”.En la causa “Telefónica de Argentina S.A.c/ Dirección de Comercio Interior – Dirección de Defensa del Consumidor s/ recurso administrativo directo – art. 45 Ley 24.240”, al ratificar la sanción aplicada, los camaristas expusieron que “la información brindada acerca de la finalización de la promoción y de las nuevas modalidades del servicio telefónico, no constituyó una comunicación fehaciente, que pusiera en conocimiento cierto al denunciante de las variaciones contractuales sufridas, y le permitiera actuar en consecuencia”.Según los jueces, se tuvo por probado que “la empresa no había brindado al consumidor información veraz, adecuada, eficaz y suficiente, así como el incumplimiento en la prestación del servicio de telefonía ya que, y sin previo aviso, se había dejado de aplicar la tarifa preferencial correspondiente a la promoción Domingo Telefónica Internacional – Domingo Libre- antes de cumplirse la fecha de vigencia del mismo”.

lunes, 3 de mayo de 2010

SIN CODIGOS :OTRA ENTREGA

La historia de hoy.

Había una vez una una familia que hizo la union entre los comerciantes ,volando volando un muerto quedó.Como la union de los comerciantes era poca ,quisieron abarcar el mercosur,y en el obelisco,otro muerto quedó.


Por fin luego de todas estas peripecias llegaron a la cúspide de ahí también se cayó,tan grande es la mala suerte que ni la economia comercial los salvó. Hasta ahora muerto,nadie quedó.

Tendrá subsidios lo que desapareció en esta gestión?

De esta historia poco ví ,todo me lo contaron.

Indexación

Con fecha 20 de abril la CSJN dictó el fallo “Recurso de hecho deducido por Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada en la Causa Massolo, Alberto José c/ Transporte del Tejar S.A”. En dicho caso la cuestión versó sobre una indemnización acordada entre un damnificado y una compañía de seguros, que se había pactado en cuotas que incluían una última en concepto de interés.Dicho convenio también incluía una cláusula que disponía que en caso de salirse del sistema de convertibilidad, las partes acordaban que las cuotas se abonarían en los pesos necesarios para adquirir la cantidad equivalente en dólares de acuerdo a la cotización vigente en ese momento en el Banco Nación.La actora solicitó oportunamente aplicar esa cláusula y planteó la inconstitucionalidad de la parte pertinente de la Ley 25.561 –de salida de la convertibilidad que mantenía la prohibición de indexar-. Tanto el juez de primera instancia como la Cámara, dieron acogida favorable a ese planteo, dando lugar al recurso extraordinario, que fue rechazado por la Cámara, y la correspondiente queja ante la CSJN.Los inferiores consideraron que el convenio en cuestión se había suo con anterioridad a la salida de la convertibilidad, y que las partes aceptaron esos términos por lo que nada obstaba a exigir su respeto y cumplimiento.La CSJN fue directamente al art. 7 de la Ley 23928 modificado por la ley 25561, que establece “que el deudor de una obligación de dar una suma de pesos cumple su obligación dando…la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas…”.Según el Máximo Tribunal la norma es clara y rige plenamente, no tolerando la indexación de ningún tipo. A ello se agrega lo dispuesto por el art. 10 en su actual redacción que mantiene la derogación de todas las normas que establezcan o reglamenten la indexación.El convenio cuestionado a través de su cláusula correspondiente tiene como claro objetivo estabilizar las obligaciones en moneda local de acuerdo a los valores de una extranjera, violando la prohibición citada supra. De acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil y con respecto a las normas de orden público, corresponde invalidar la pauta contractual de ajuste.En relación a la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 25561, la CSJN entiende que la ventaja o acierto de una medida legislativa no puede ser evaluada por el poder judicial. Siendo potestad exclusiva del Congreso conforme el art. 75 inc. 11 “Hacer sellar la moneda, fijar su valor y el de las extranjeras…”. En ese sentido el valor de la moneda fijado por el estado, en cuya autoridad se funda,no puede ser alterado por convenciones concertadas entre particulares.En lo que hace a la inflación, el Alto Tribunal la califica como una grave patología que nos afecta, pero que el remedio no es la indexación, puesto que si por un lado protege el derecho de propiedad, por el otro puede afectar específicamente los derechos patrimoniales como un todo y la propia Constitución Nacional.La Corte buscó una salida que podemos denominar de apego estricto a la norma, situación que no es criticable, pero por otro lado con ese tipo de normas prohibitivas de la indexación, se desprotegen los derechos garantizados mediante obligaciones a plazo que tuvieron su génesis en moneda extranjera. Si bien existe la posibilidad de imponer una tasa de interés, ello no es suficiente protección contra una posible devaluación del peso frente al dólar.En síntesis, el fallo aplica la norma –como es debido- pero no soluciona los problemas que la inflación y la consecuente desvalorización acarrea –problemas que claramente no son responsabilidad del Poder Judicial- . Pero más allá de que sea competencia de los poderes políticos de turno, debería buscarse una solución armoniosa a este conflicto incipiente.

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