miércoles, 5 de mayo de 2010

RESOLUCION 35.045 - SSN


Se autoriza a EULER HERMES American Credit Indemnity Company a operar en reaseguros

Otra autorización más para una reaseguradora. En este caso de trata de EULER HERMES AMERICAN CREDIT INDEMNITY COMPANY, quien podrá operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina.

Notificada la entidad de la presente resolución, se deberá inscribir en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros. Asimismo, se hace saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de la Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.

RESOLUCION 35.041 - SSN


RESOLUCION 35.041 - SSN
Se autoriza a JOHN HANCOCK Life Insurance Company a operar en reaseguros
En este caso, se autoriza a JOHN HANCOCK LIFE INSURANCE COMPANY (U.S.A.) a operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina.
Notificada la entidad de la presente resolución, se deberá inscribir en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros. Asimismo, se hace saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de la Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.

RESOLUCION 35.044 - SSN

Cambio de denominación de GENERAL RE (SUR) Cía. de Seguros S.A., que se llamará PARASEG S.A. de Seguros
La SSN conforma el cambio de denominación de GENERAL RE (SUR) CIA. DE SEGUROS S.A., entidad que en lo sucesivo se denominará PARASEG S.A. DE SEGUROS.


Consecuentemente, se reforma el artículo 1º al estatuto social aprobado por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime de Accionistas celebrada el 8 de abril de 2010.

A los fines establecidos en los artículos 5 y 167 de la Ley 19.550, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 35.040 - SSN


Se reforma el estatuto social de CERTEZA Compañía de Seguros
Se conforma la reforma del objeto social de CERTEZA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y la consecuente reforma de los artículos 2º y 13º del estatuto social aprobado por Asambleas Generales Extraordinarias Unánimes celebradas el 7 de diciembre de 2007 y el 10 de diciembre de 2009.
A los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, de Sociedades Comerciales, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 35.033 - SSN

Se conforma el acto constitutivo de COMARSEG Compañía Argentina de Seguros
La SSN autorizó a un nuevo “player” en el mercado asegurador. A través de la presente, dispuso conformar el acto constitutivo y los estatutos sociales de COMARSEG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. protocolizados por Escritura Nº 209 y Escritura Complementaria Nº 111.
En ese sentido, se autoriza a dicha compañía a operar en todo el territorio de la República Argentina en el Ramo RIESGOS VARIOS, con la documentación correspondiente al plan de SEGURO DE GARANTIA ASEGURADA, para suscribir operaciones hasta la suma máxima de $ 120.000. Como en estos casos, se deberá informar a la SSN en caso que la Política de Suscripción supere dicha magnitud.
Asimismo, se hace saber a la aseguradora que deberá ajustarse en materia de retenciones a lo dispuesto por la Resolución Nº 30.842 y sus modificatorias.
A su turno, la IGJ deberá proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio, la cual deberá ser cumplimentada en el término de 60 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º, párrafo 6 de la Ley 20.091. Una vez producida la inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, la compañía deberá comunicar la fecha de inicio de las operaciones, acompañando copia de los contratos de reaseguro que celebre.

RESOLUCION 35.024 - SSN


Se reduce el capital social y modifica el Estatuto de La Mercantil Andina
La SSN autoriza la reducción de capital social y modificación del artículo 5º delEstatuto de COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., de conformidad con lo aprobado por Asamblea General Extraordinaria de fecha 28 de octubre de 2009.

Comunicado de prensa CEDEAPSA‏ - Primicia de Cambalache




Convenio de colaboración

EL BANCO PROVINCIA FIRMÓ UN CONVENIO CON CEDEAPSA, LA CÁMARA DE SUPERMERCADOS CHINOS

El presidente del Banco Provincia, Guillermo Francos, y la presidente de la Cámara Empresarial de Desarrollo Argentino y Países del Sudeste Asiático (CEDEAPSA), Yolanda Durán, firmaron un convenio de colaboración para desarrollar acciones conjuntas que beneficien a ambos organismos.

“Los supermercados chinos son un agente muy importante de la actividad comercial, porque están localizados en todos los barrios y se han ganado una gran aceptación por parte de los consumidores”, expresó Francos. Y agregó que “desde el Banco Provincia queremos trabajar con este sector de manera coordinada para desarrollar acciones que le brinden más oportunidades de negocio a estos empresarios y mayores beneficios a sus clientes”.

Como primera a acción, el Banco pondrá a disposición de CEDEAPSA el portafolio de productos y servicios financieros que brinda a través de sus sucursales y las empresas del Grupo Banco Provincia.

Por su parte, Yolanda Durán indicó que “CEDEAPSA representa a los supermercados chinos, cuyos propietarios trabajan intensamente para ofrecerle a sus clientes los mejores precios”. Y agregó que “desde la cámara vamos a difundir a nuestros más de 3.000 asociados de todo el país los productos y servicios que ofrece el Banco y las empresas del Grupo Banco Provincia, para que puedan vislumbrar nuevas posibilidades de negocio para sus supermercados.”

Además del presidente del Grupo Banco Provincia, Ernesto Bruggia; participaron de la firma del acuerdo: el Gerente General del Banco, Eduardo Ordoñez; el subgerente general del Área de Comercialización y Créditos, Juan Carlos Ozcoidi; subgerente general del Área de Asuntos Jurídicos, Martín Eduardo Molina Zavalla; y la Gerente de Relaciones Institucionales, Cristina Sierra.

Acompañando a Durán, estuvieron presentes integrantes de la cámara y los delegados zonales: Chen Xia Hui, Huang Vin, Chen Hui Caui , Yan Xin Dng y Ricardo Charette Asesor de la Presidenta de la Cámara.
Cambalache siempre primero en la noticia.

Confirman Sanción contra una Empresa por Suspender una Promoción sin Informar a los Usuarios

La Justicia Federal confirmó una sanción aplicada por la Dirección Nacional de Comercio Interior contra una compañía telefónica por haber suspendido una promoción, dejando de aplicar una tarifa preferencial sin aviso antes de cumplirse la fecha de vigencia de dicho plan.Los jueces que integran la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, desestimaron el recurso de apelación presentado por Telefónica de Argentina S.A., contra la decisión de la Dirección Nacional de Comercio Interior de imponerle una multa de diez mil pesos por no haber informado a sus abonados la suspensión de una promoción.Dicha dependencia, había considerado que correspondía aplicar la mencionada sanción al haberse producido una infracción a los artículos 4 y 19 de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240, debido a que “la empresa no había informado al consumidor la suspensión del Plan de Domingo Libre”.En la causa “Telefónica de Argentina S.A.c/ Dirección de Comercio Interior – Dirección de Defensa del Consumidor s/ recurso administrativo directo – art. 45 Ley 24.240”, al ratificar la sanción aplicada, los camaristas expusieron que “la información brindada acerca de la finalización de la promoción y de las nuevas modalidades del servicio telefónico, no constituyó una comunicación fehaciente, que pusiera en conocimiento cierto al denunciante de las variaciones contractuales sufridas, y le permitiera actuar en consecuencia”.Según los jueces, se tuvo por probado que “la empresa no había brindado al consumidor información veraz, adecuada, eficaz y suficiente, así como el incumplimiento en la prestación del servicio de telefonía ya que, y sin previo aviso, se había dejado de aplicar la tarifa preferencial correspondiente a la promoción Domingo Telefónica Internacional – Domingo Libre- antes de cumplirse la fecha de vigencia del mismo”.