miércoles, 17 de febrero de 2010

RESOLUCION 34.759 – SSN

Se modifica el estatuto social de CNP ASSURANCES

En este caso, la SSN conforma el aumento del capital social y modificación de los artículos 5º, 11º Y 16º del estatuto social de CNP ASSURANCES Compañía de Seguros S.A., de conformidad con lo aprobado por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 9 de noviembre de 2009.
A los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 34.758 – SSN

Se modifica el estatuto social de Sol Naciente Seguros de Personas

Con la presente, se conforman los aumentos del capital social y modificación del artículo 3º y 4º del estatuto social de SOL NACIENTE SEGUROS DE PERSONAS S.A., de conformidad con lo aprobado por las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de fechas 28 de junio de 2005 y 2 de noviembre de 2006.
Como en estos casos, a los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, se confiere intervención a la IGJ.

Resolucion 1575/09 Ministerio de trabajo

Se declara homologado el acuerdo suscripto entre el Sindicato del Seguro y dos aseguradoras
El Ministerio de Trabajo declara homologado el Acuerdo suscripto entre el Sindicato del Seguro de la Republica Argentina y las empresas La República Compañía Argentina de Seguros Generales y Royal & Sun Alliance Seguros, conforme a lo dispuesto en la Ley 14.250.
Recordemos que por Resolución SSN 31.507/06, se autorizó la fusión por absorción de la empresa La República Seguros, por parte de Royal & Sun Alliance. A través del referido Acuerdo, las partes convienen dejar sin efecto el régimen de gratificación anual vigente hasta el 30 de noviembre de 2006 en la empresa absorbida, el que será reemplazado por un Complemento Salarial a abonar por la empresa absorbente, que se liquidará en forma mensual y de modo permanente.
Precisamente, en razón del contenido del Acuerdo, se procede a la homologación del mismo, sin perjuicio del derecho individual del personal involucrado. En ese sentido, las partes han acreditado la representación invocada ante el Ministerio de Trabajo y ratificaron en todos sus términos mentado Acuerdo.