viernes, 26 de agosto de 2011

AAPAS - Una intromisión inaceptable

La Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros, repudia la falta de respeto a la profesión que ejercemos los Productores Asesores de Seguros, según surge del convenio celebrado entre Provincia ART y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A partir del mismo, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ofrece a sus matriculados, Contadores Públicos Nacionales, la posibilidad de obtener ingresos adicionales, a partir de la promoción y difusión de las coberturas de riesgos del trabajo de Provincia ART, entre todos sus clientes, instruyéndolos para la obtención de cotizaciones y afiliaciones y por los SEGUROS contratados, se les abonarán honorarios en función de las primas percibidas por la Aseguradora.
Esta clara propuesta de comercialización de un producto ajeno a la actividad específica del desempeño profesional de los Contadores Públicos Nacionales, para obtener ingresos adicionales, podría estar afectando principios de ética, ya que se estaría superponiendo el interés del Contador Público Nacional, al de su cliente.
Como es sabido los Contadores Públicos Nacionales, en general tienen acceso a la información relativa a los costos de los seguros de ART, información que podría ser utilizada en beneficio propio y con perjuicios para el mercado de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo en general.
Además, se está ejerciendo una intromisión que afecta intereses de otros profesionales, regulados por la ley 22400 y matriculados en la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Los Productores Asesores de Seguros, desde el origen de la ley 24557 de Riesgos de Trabajo, han aportado su Asesoramiento Profesional, basado en el conocimiento específico, técnico, jurídico y administrativo, para contribuir al desarrollo del mercado, privilegiando el respeto y beneficio del Asegurado, ofreciendo alternativas para que el mismo conozca no sólo de precios, sino los prestadores que utilizan distintas ART, como así también la normativa actualizada, además de contribuir en el diseño y seguimiento de los programas de prevención, con vistas a la reducción de los riesgos y menores costos futuros.
Provincia ART, no puede desconocer lo apuntado precedentemente, ni que los Productores Asesores de Seguros, somos quienes ostentamos el liderazgo en la distribución de los seguros, a partir de la elección y reconocimiento que nos hacen los Asegurados y es por ello la falta de respeto y reconocimiento al ejercicio profesional que ejercemos.
Como profesionales independientes, tenemos la posibilidad de elegir operar con aquellas Aseguradoras que nos respeten y reconozcan.
Contamos con el derecho de procurar que así sea.
En defensa de nuestra profesión, proponemos este accionar también solidario, que va más allá de los negocios que individualmente nos pueda afectar y que contempla el cuidado de los intereses de los Asegurados, y las consecuencias para el mercado asegurador en general que ante un nuevo intrusismo, se ve afectado en su imagen y resultados.
En función de ello y de otros eventuales perjuicios, estamos efectuando la correspondiente denuncia ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Por último y como alerta para los Asegurados, propiciamos la difusión del presente, poniéndonos a disposición sobre el particular.



COMISION DIRECTIVA

ACLARACION

CUANDO EN UNA NOTA REFERIDA A ESCUDO DIJIMOS " A JR NO LE QUEDA NI EL CAMION" NOS REFERIAMOS AL CONOCIDO JORGE ROSSI ,QUE DEJO UNA COMPAÑIA DE PRIMERA LINEA O LO INVITARON A IRSE , HECHA LA SALVEDAD  NOS PREGUNTAMOS COMO SIGUE LO DETECTADO POR LA SSN?

Si la SSN tomara las medidas que tiene que tomar contra Escudo ,que problema le acarrearia a las entidades aseguradoras que coaseguran diversos riesgos con la misma , por ejemplo ;Prudencia ,Testimonio y Beneficio?

Prudencia Seguros

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) otorgó a Prudencia Seguros, mediante Proveído 114756 del 28 de julio de 2011, la primera habilitación del mercado para operar una póliza que cubre, con los alcances definidos en su condicionado general, la transferencia del riesgo relacionado con el costo de la reparación de un daño ambiental de incidencia colectiva producido al agua o al suelo, y hasta el monto del capital asegurado.

Esta aprobación da respuesta a una demanda del sector industrial a las aseguradoras que operan en el seguro ambiental obligatorio establecido en el artículo 22 de la Ley 25675.
Actualmente Prudencia se encuentra definiendo las condiciones comerciales para comenzar a desarrollar la difusión y suscripción del producto en el mercado.

RESOLUCION Nº 36.034 – SSN

Se autoriza a RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA a operar en el territorio de la República, en el SEGURO DE AERONAVEGACION, para suscribir operaciones hasta la suma máxima de $ 11.000.000 (PESOS ONCE MILLONES) .

RESOLUCION Nº 36.030 – SSN

Se levantan las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr. Juan Carlos VIEGAS (matrícula Nº 6742), por los artículos primero y segundo de la Resolución Nº 35.820 de fecha 19 de mayo de 2011 obrante a fojas 12 a 14.