jueves, 22 de abril de 2010

RESOLUCION 34.995 - SSN

Se autoriza el cambio de denominación de AIG Reinsurance Services Office
La SSN autoriza el cambio de denominación de AIG REINSURANCE SERVICES OFFICE, entidad inscripta bajo el Nº 45 en el Registro de Intermediarios Reaseguros, por su actual denominación CHARTIS REINSURANCE SERVICES.

RESOLUCION 34.988 - SSN

Reforma del estatuto social de Mañana Seguros de Personas
La SSN conforma el cambio de domicilio y la modificación del artículo 3º del estatutosocial de MAÑANA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS DE PERSONAS conforme lo aprobado en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 30 de diciembre de 2009.
A los fines establecidos en la Ley 19.550, se confiere intervención al Registro Público de Comercio de la Jurisdicción.

Y PENSAR QUE LA CREARON LOS POCOVI

RESOLUCION 35.008 - SSN

RESOLUCION 35.008 - SSN
Se sanciona a Bonacorsi Seguros de Personas con un apercibimiento
La SSN sanciona a BONACORSI SEGUROS DE PERSONAS S.A. con un APERCIBIMIENTO por presunto Ejercicio Anormal de la Actividad Aseguradora (Art . 58 Ley 20.091).Una vez firme la medida, la Gerencia de Autorizaciones y Registros de la SSN deberá tomar nota de la sanción referida, la cual es apelable en los términos del artículo 83 de la Ley 20.091.

RESOLUCION 34.994 SSN

Se autoriza a Testimonio Compañía de Seguros a operar en seguro de incendio
Se autoriza a TESTIMONIO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. a operar en el territorio de la República, en el SEGURO DE INCENDIO con las Condiciones Técnico-Contractuales aprobadas con carácter general por las Resoluciones SSN. 16192 del 26/03/1981, 16845 del 13/08/1982 y 12983 del 02/01/1976, siendo la retención máxima a asumir por la aseguradora, la suma de $ 100.000.

Previo al inicio de las operaciones, la compañía deberá someter a consideración de la SSN copia de los contratos de reaseguro que celebre. La política de suscripción y retención de riesgos, deberá dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 30.842.

Procesaron a Ricardo Jaime (CIRIGLIANO)

En el marco de la causa en la que se investigan supuestos viajes de funcionarios públicos en aviones privados pagados por empresarios, el juez federal Claudio Bonadío dicto el procesamiento sin prisión preventiva sobre el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime, estableciendo un embargo sobre los bienes del ex funcionario por 860 mil pesos.De esta manera, el ex funcionario quedó procesado por el delito de recibir dádivas en consideración de su cargo, el cual el Código Penal castiga con penas que van de un mes a dos años de prisión.En la misma causa, el magistrado incluyó entre los procesados a los empresarios que habían otorgado las dádivas, figurando entre ellos Claudio Cirigliano, dueño del Grupo Plaza, quien cuenta con líneas de colectivos urbanos y de larga distancia, a quien el juez Bonadío le impuso una embargo por 550 mil pesos sobre sus bienes.El resto de los empresarios procesados sin prisión preventiva son Juan Llach, Gustavo Carmona, Alejandro Ventolla, Javier Patoqui, Ricardo Mario Izquierdo y Carlos Colunga, quien es el gerente general de una empresa de vuelos privados propiedad de Franco Macri.El procesamiento dictado por el magistrado, también abarca a ex funcionarios públicos, habiéndose dispuesto el procesamiento sobre Manuel Vázquez, principal asesor del ex secretario de Transporte, quien también se encuentra investigado en la causa que se le sigue a Jaime por presunto enriquecimiento ilícito, así como también sobre su hijo, Julián Vazquez.Por otro lado, el juez dictó la falta de mérito para Juan Pablo Schiavi, actual titular de la Secretaría de Transporte, Ricardo Cirielli, secretario general de la Asociación de Personal Técnico Aeronáutico, y Laura Elba Gouvert, ex asesora de Jaime. Por su parte, el empresario Ricardo Rodríguez fue sobreseído.

Revocan Sobreseimiento del Ex Presidente del Banco Mayo

En el marco de una causa por presunta administración fraudulenta mientras se desempeñaba como presidente del Banco Mayo, la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal dejó sin efecto el fallo que dispuso el sobreseimiento por prescripción de Rubén Ezra Beraja.Los jueces que integran la Sala II, determinaron que debe continuare con la investigación sobre el ex titular de la DAIA por una supuesta defraudación a la empresa Desarrollos Petroleros y Ganaderos S.A.Dicha causa se instruyó después de la elevación a juicio del resto de los casos por los que Beraja será juzgado por estafas reiteradas, quedando en un expediente separado.Tras la apelación presentada por la fiscalía y por la querella contra la decisión del juez de instrucción de declarar la prescripción de la acción penal a raíz del tiempo transcurrido, la Sala II de la Cámara Federal resolvió que no correspondía la prescripción de la acción, debido a que no se podía interpretar este caso separado del resto de los hechos que aguardan juicio oral.Al revocar el sobreseimiento del imputado, los camaristas determinaron que los hechos en la presente investigación consisten en un solo delito de administración fraudulenta, comprensivo de varias acciones de infidelidad o abuso societario, por lo que no puede aceptarse el sobreseimiento de la acción penal por uno de esos sucesos “por cuanto de quedar firme haría cosa juzgada por el hecho en su totalidad, desde que el temperamento liberatorio sólo puede dictarse por hechos y no sobre calificaciones legales”.