viernes, 27 de noviembre de 2009

AAPAS - LEELO.



Comunicado de la Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros con motivo del dictado del decreto 1694/09, complementario de la Ley de Riesgos del Trabajo.

La Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros – AAPAS, considera necesario exponer públicamente la realidad de las actuaciones en las cuales ha tenido participación, en el marco de análisis de las reformas y adecuaciones de la ley de Riesgos del Trabajo.

En la versión del 5/12/2008 del borrador del proyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos y Protección de la Salud y Seguridad Laboral, se indicaba en el punto 8 del artículo 43, lo siguiente: “Las ART podrán asignar a gastos de comercialización hasta el CINCO por ciento ((5%) del total de lo recaudado en concepto de alícuotas. También deberán limitar su presupuesto en gastos de administración al porcentaje que establezcan conjuntamente la Superintendecia de Riesgos del Trabajo y la Superintendencia de Seguros de la Nación.”

El 20 de febrero de 2009 se llevó a cabo, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, una reunión de trabajo en la que AAPAS realizó una amplia descripción de la intervención profesional que los productores asesores de seguros realizan, como así también su contribución para difundir y mejorar la operatoria del sistema, solicitando en mérito a ello la eliminación de dicho apartado.

Respondiendo a la convocatoria efectuada por el señor Superintendente de Seguros de la Nación, el 15 de septiembre de 2009, nuestra Asociación expresó su disposición para acompañar “la voluntad de dialogo y búsqueda de consensos con el fin de que sea el sector seguros quien haga su aporte y propuestas mediante acuerdos, que contribuyan a perfeccionar el sistema en cuanto hace a su funcionalidad y específicamente a la prevención de los accidentes de trabajo, la protección integral de los trabajadores, la disminución de la litigiosidad, atendiendo la particular consideración que merecen el papel de las medianas y pequeñas empresas, como así también sus necesidades en materia de costos y coberturas, sector empresarial este con mayor vinculación al asesoramiento que brinda el productor asesor de seguros.”

Finalmente, el Decreto 1694/2009 publicado en el Boletín Oficial del 6/11/2009, en su artículo 12 encomienda “a la Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) y a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo(S.R.T.) el dictado de las disposiciones necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el objeto de reducir los costos del sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557 y sus modificaciones, sin por ello afectar la calidad del servicio brindado a los trabajadores.”

El 9 de noviembre AAPAS fue convocada nuevamente a la Superintendencia de Seguros de la Nación. Allí aguardaba la Comisión Directiva de la Unión de Aseguradores de Riesgos del Trabajo, con cuyos integrantes se entabló un dialogo en el que manifestaron su intención de incrementar las alícuotas con el objeto de hacer frente a las nuevas indemnizaciones establecidas por el decreto. También expresaron que, para atenuar el impacto del incremento, era necesario producir una rebaja en los gastos de comercialización.

Dejamos claramente expresado allí que tanto AAPAS como la UART, son las instituciones representativas en el ámbito en que nos hallábamos , pero incompetentes para expedirse en materia de comisiones, por cuanto no tienen mandato paritario para entablar ese tipo de negociaciones. Ratificamos entonces la posición histórica de AAPAS, postulando que el nivel de remuneraciones es de libre convención entre aseguradores e intermediarios.

En consecuencia, son completamente inexactas y carentes de fundamento, algunas manifestaciones públicas en cuanto a que hemos avalado o consentido en esa reunión, el procedimiento que han comenzado a anunciar algunas aseguradoras, de no comisionar los aumentos de alícuotas.

Dicha fórmula, además de implicar una rebaja muy significativa del porcentual de comisiones, resulta arbitraria desde el momento en que nuestros asociados han registrado anuncios de incrementos en las alícuotas que oscilan entre el 25 y el 160 por ciento, siendo imposible determinar cuál es la cifra porcentual atribuible al incremento por mayores prestaciones y cuál obedece a otros motivos.

Corresponde acotar que las comisiones fueron convenidas entre productores asesores y aseguradoras al inicio del sistema tomando como base inicial la expectativa de una alícuota promedio superior al 3 %. Como es sabido la alícuota inicial promedió 1,33 % lo que supuso que los productores asesores, con ingresos menores tuvieron igual volumen de trabajo.

Por otra parte, la disminución de las remuneraciones no luce como un procedimiento apropiado, habida cuenta de que el sistema para la cobertura de Riesgos del Trabajo comienza a atravesar una etapa de turbulencia, en la que se necesitará más que nunca contar con la intervención de los productores asesores de seguros, para llegar prontamente a los casi ochocientos mil empleadores que requerirán explicaciones certeras acerca de la razón de los incrementos de las alícuotas.

Las comisiones, dispuestas para la reunión de la masa de asegurados, también tienen por objeto conseguir estabilidad y permanencia de las carteras.

En un mercado plural, al que se siguen incorporando nuevos actores, estos objetivos son posibles sólo con el establecimiento de equilibrios en la relación entre aseguradores y productores asesores.

Buenos Aires, 24 de noviembre del 2009

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