Las aseguradoras nucleadas en AVIRA salieron a proponer hoy la creación de un "Complemento Jubilatorio Voluntario", con el objetivo de fortalecer los ingresos tras el retiro del mercado laboral.
La iniciativa estaría basada en ahorros voluntarios de largo plazo en pesos y con beneficios fiscales.
AVIRA, la Asociación de Aseguradores de Vida y Retiro de la Argentina, desarrolló junto a un equipo de actuarios encabezado por Eduardo Melinsky, Director del Centro de Investigaciones del Seguro y profesor de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, una propuesta de producto de ahorro voluntario en pesos, cuyo objetivo es asegurar los beneficios de un mayor ingreso previsional en la etapa pasiva.
A la vez, la iniciativa contribuye a generar conciencia aseguradora en la población, destacaron desde la entidad en una rueda de prensa.
La inquietud surgió ante la creciente demanda de instrumentos financieros que sirviesen como complemento jubilatorio.
Sobre la base de las experiencias exitosas llevadas a cabo en otros países, se determinó que el mismo no puede carecer de algún incentivo fiscal que promueva y estimule el ahorro a largo plazo.
En paralelo, las características del instrumento lo convertirán en un aporte para la consolidación del Mercado de Capitales.
Los impulsores aclararon que no se trataría de un sistema sustitutivo de la jubilación ordinaria, sino complementario y voluntario, cuya finalidad es aumentar los beneficios que le corresponden a cada persona.
El sistema funcionaría así: en la etapa activa, con ahorro y cobertura de invalidez y fallecimiento.
Los aportes pueden ser personales o provenir de una contribución patronal, individual o colectiva.
En la etapa pasiva, con el beneficio en forma de Renta Vitalicia o pago contado, si previamente está especificado en la póliza.
En cuanto al esquema financiero, las aseguradoras proponen crear un fideicomiso de garantías por compañía o por grupos de afinidad, con una estructura de Inversión en Instrumentos Públicos y Privados que tiendan a preservar el poder adquisitivo de la moneda.
El sistema tendría, además, libertad de elección, permanencia y transferencia, y sería comercializado por compañías de Seguros de Vida y de Retiro.
Las condiciones de las pólizas serían uniformes aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación con carácter general.
El producto fue pensado con un nivel de primas sujetas a beneficio del 5 por ciento como máximo de los ingresos y/o remuneraciones sujetos a Impuesto a las Ganancias, tanto para personas físicas como para contribuciones patronales.
En el caso de Autónomos y Monotributistas, el régimen debe considerar las remuneraciones de referencia.
Estos planes pueden ser contratados individualmente o como un programa de incentivo laboral, y en este último caso, el contrato podrá ser celebrado tanto en forma directa por el trabajador o con esquemas de seguros colectivos, a través de los empleadores.
Una persona puede ser titular de varios planes, y por tratarse de un concepto complementario y voluntario el asegurado tendrá a su arbitrio la elección de los beneficiarios de la cobertura, ya sea por fallecimiento o continuación de la renta por jubilación.
Se podría optar libremente por la compañía aseguradora, así como también por esquemas con rendimientos garantizados o formas alternativas de inversión.
Además, los fondos podrían ser transferidos de una compañía a otra por disposición del asegurado, y existiría la posibilidad de realizar rescates sujetos a condiciones de costos e impositivas y a aspectos propios de la protección de inversiones.
Las aseguradoras solicitan para el producto un régimen fiscal específico fuera de las restricciones vigentes.
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