En el marco del nuevo mercado local de reaseguros, se conforma el acto constitutivo de FEDERACION PATRONAL REASEGUROS S.A.,
a la cual se la autoriza a operar en reaseguros en el territorio de la
República Argentina, conforme lo previsto en el artículo 1, inc. a),
de la Resolución N° 35.615.
Se confiere intervención a la Inspección General de Justicia a los
efectos de proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio
la cual deberá ser cumplimentada en el término de 60 días.
Una vez producida la inscripción en el Registro de Entidades de
Seguros y Reaseguros, la compañía deberá comunicar la fecha de inicio
de las operaciones.
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