La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal rechazó la prescripción de una acción penal en una causa por lavado de activos en la que se investigan operaciones sospechosas realizadas en el año 2002, cuya denuncia ingresó siete años después a la Justicia.
En la causa “S., R. A. s/prescripción”, se investigan operaciones sospechosas de compra de 800 mil dólares, realizadas en el año 2002, cuya denuncia fue ingresada en la Justicia siete años después.
Los jueces que componen la Sala II decidieron confirmar el fallo que había rechazado la prescripción de la acción penal dictado por la juez María Servini de Cubría.
La mencionada Sala destacó que “no puede pasarse por alto la lentitud con que se han tramitado estas actuaciones en el ámbito prejudicial; situación que –no es la primera vez que se advierte- sin duda conspira contra el éxito de cualquier investigación de este tipo”.
Al confirmar la decisión impugnada, los jueces destacaron que “aun cuando las operaciones sospechosas fueron denunciadas de inmediato (10/6/02), la pesquisa en sede del Banco Central de la República Argentina se extendió hasta el 2/6/06, fecha en que giró todo lo actuado a la Unidad de Información Financiera que, a su vez y recién el 7/5/09, remitió el expediente a la Unidad Fiscal para la Investigación de los Delitos de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, la que el 9/10/09 resolvió remitirlas -con una recomendación de archivo- al ámbito judicial”.
En base a lo expuesto, en la resolución del 1 de septiembre pasado, los camaristas resolvieron que “en estas condiciones y en tanto la dilación expuesta determina que en autos reste tan sólo un breve período de vigencia de la acción, deberá la Juez de grado continuar como hasta aquí imprimiéndole a la presente instrucción la premura que el caso impone”.
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