Con el fin de desalentar el uso de efectivo, en el día de ayer el directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó la normativa que obliga a los bancos a acreditar de manera instantánea las transferencias de dinero realizadas a través de medios electrónicos.
La medida que comenzará a aplicarse a partir del lunes 25 de abril, regirá tanto para las transferencias que se realicen tanto a través de cajeros automáticos o por home banking, pudiendo concretarse en pesos o en dólares.
La normativa aprobada por el directorio de la autoridad bancaria aclara que tanto las personas físicas como jurídicas podrán realizar transferencias inmediatas, existiendo un límite máximo en un primer momento para tales transferencias.
En el caso de las transferencias en pesos, el límite será de 10 mil pesos cuando se realicen a través de cajeros automáticos y de 50 mil pesos cuando se concreten por Internet, mientras que para las operaciones en dólares el límite máximo será de 2.500 si se realizan por cajero automático y de 12.500 cuando el movimiento se disponga por Internet.
A su vez, la reglamentación del BCRA aclara que podrán ser cursadas exclusivamente entre cuentas de la misma moneda, estando alcanzadas las transferencias inmediatas realizadas por cajero automático o home banking por el esquema de costos establecido por la entidad en noviembre de 2010, según el cual son gratuitas las que se realicen por un monto inferior a los 10 mil pesos.
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