Luego de haberse comprobado que un ciudadano radicado en nuestro país había efectuado transferencias hacia el exterior, siendo una de ellas de 9 mil dólares a favor de Zurich International Life Limited y otra de 11.200 dólares con destino a Pan American International Insurance Corporation, el Gobierno Nacional decidió aplicar por medio del decreto 726/10, firmado por Cristina Fernández de Kirchner, una multa de 20.210 dólares a dicho acusado por haberse asegurado fuera del país.
De acuerdo a lo establecido en la legislación argentina, se encuentra prohibido asegurar personas físicas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional en el extranjero, realizando lo que comúnmente se conoce como seguro “off shore”, debiendo realizarse la contratación de seguros en empresas extranjeras o nacionales radicadas en el país y autorizadas por al Superintendencia de Seguros.
En el presente caso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), comprobó a partir de una inspección, que Benjamín Harriague había realizado transferencias por el mercado oficial de cambios, declarando que adquiría las divisas a transferir para el pago de primas de seguros.
De acuerdo a lo publicado por el diario Clarín, ante la defensa del multado que alegó haber actuado de buena fé sin percibir que estaba infringiendo una ley, la AFIP sostuvo que el desconocimiento de la legislación local constituía un error de derecho que como tal resultaba inexcusable, afirmándole que a partir de ahora podría obtener un adecuado conocimiento o asesoramiento sobre la ley.
Si bien la legislación prevé la posibilidad de aplicar una multa de hasta 25 veces del importe de la prima, el decretó decidió aplicar una sanción equivalente a una vez las primas de los servicios contratados, debiendo ser abonada a la AFIP dentro de los cinco días hábiles de comunicado el decreto.
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