miércoles, 6 de enero de 2010

COMUNICACION 2312 SSN

Aclaraciones respecto a las pólizas cuya vigencia sea inferior a un año

La SSN recuerda que, con el dictado de la Resolución Nº 33.463, han quedado sin efecto autorizaciones de carácter particular que se hubieren otorgado con relación a lo estipulado en el actual punto 25.1.1.5. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, el cual estipula que “las pólizas cuya vigencia sea inferior a un año y que fueran prorrogadas mediante endosos, al cumplirse un año de su vigencia original no podrán renovarse mediante un nuevo endoso, debiéndose emitir una nueva póliza con la numeración que corresponda a dicha póliza”.
En caso que la operatoria de una entidad aseguradora no se adecuare lo dispuesto en el citado punto, deberá presentar un plan de regularización antes del 31/01/2010 a fin de ajustarse a la normativa vigente.
Por otra parte, con motivo de haberse observado la utilización de rangos de numeración ya asignados en el pasado en los Registros de Emisión y de Siniestros, se aclara que tal procedimiento no resulta admisible y que bajo ningún concepto se admitirá la reutilización de números de pólizas y siniestros en los mencionados Registros.

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