sábado, 13 de junio de 2009

COMUNICACION 2112 – SSN

Cumplimiento de las normas de la UIF sobre blanqueo de capitales
La SSN informa que las compañías de seguro deberán adecuarse a las disposiciones receptadas en la Resolución 137/2009 de la Unidad de Información Financiera (UIF), destacándose que las disposiciones de la Ley 26.476 ("blanqueo de capitales”) de manera alguna relevan a los sujetos obligados de adoptar las medidas y políticas de prevención de operaciones de lavado de activos o financiamiento de terrorismo.Recordemos que dicha Resolución de la UIF, con el objeto de fomentar el acogimiento al régimen de "blanqueo de capitales", dispuso relevar a los sujetos obligados a informar sobre tal régimen, de cumplir con las obligaciones impuestas por la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Dicha excepción de las personas que efectúen la exteriorización de no estar obligados a informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas no es oponible frente a los demás sujetos obligados contemplados en la Ley 25.246, entre ellos, las compañías de seguros.

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