jueves, 12 de agosto de 2010

El municipio tomó posesión del terreno

La Municipalidad tomó, ayer, posesión de los terrenos de barrio Carlos Pellegrini (entre Intendente Poretti e Intendente Correa) que el año pasado fueron declarados de utitlidad pública y sujeto a expropiación. La acción generó la resistencia de un grupo de vecinos que aseguran haber iniciado el trámite de usucapion y que están patrocinados por la abogada Gloria Serangelli.
“El municipio actuó con una orden del Juzgado de Primera Instancia, Cuarta Nominación en lo Civil y Comercial a cargo del doctor Alberto Domenech”, dijo el secretario de Coordinación General del municipio Héctor Muñoz consultado por EL DIARIO sobre el particular.
Muñoz recordó que hace un año, aproximadamente, el municipio inició la acción judicial (que tuvo en la víspera una resolución) bajo la carátula “Municipalidad de Villa María contra Compañía de Seguros La Rural- expropiación directa”.
“Se publicaron los edictos correspondientes, la compañía que figura como propietaria nunca se presentó y sólo comparecieron dos personas que no pudieron acreditar sus posesiones, por eso avanzamos con la expropiación”, indicó Muñoz.
Por otro lado, destacó que funcionarios municipales hablaron con los vecinos que allí se encontraban para explicarle que “se queden tranquilos”.
“Nosotros en breve vamos a comenzar a construir las viviendas para las familias que están en el lugar. El proyecto contempla la ejecución de diez casas del Plan Eva Perón y esos vecinos tienen prioridad”, remató el secretario.
La historia no concluyó con la toma de posesión. En horas de la tarde, en Intendente Poretti y bulevar Argentino, se concentró un grupo de personas que se consideran “poseedores y con el trámite de usucapión iniciado”.
“No nos respetan el derecho de usucapión, aquí hay personas que tienen la carpeta de posesión y no vamos a abandonar los terrenos”, expresó la doctora Gloria Serangelli entrevistada por EL DIARIO.
La abogada expresó que no entendía por qué algunos vecinos debían perder los derechos sobre las tierras cuando “el ingeniero Tello (relacionado con el Gobierno municipal) tiene al lado su casa y también con carpeta de posesión”.
En tanto, a última hora de anoche la Policía intentaba desalojar a los ocupantes del predio y , según comentó la abogada, amenazaron con llevarlos detenidos si no cumplían con la orden dada por el juez.

miércoles, 11 de agosto de 2010

Por anulación de pólizas la comuna perdió 170 mil pesos y los nuevos seguros son más caros

Necochea. El bloque de concejales de Unión Peronista presentó un pedido de informes al Ejecutivo sobre los motivos del reemplazo de Provincia Seguros a favor de la Empresa AON Risk Services S.A.
Según se señala en la minuta de comunicación, la póliza de automotores a favor de AON Risk por la suma de $ 290.709 para el periodo 01-06-2010 al 31-12-2010 es 66.701 mas cara con respecto a la anterior de $ 223.999.19
Además, la anulación de pólizas a favor de AON Risk de patrimonios y automotores le ocasionaron al municipio gastos de anulación la suma $ 170.442.
En los considerandos, se informa que en diciembre del año pasado, el departamento Ejecutivo designó como productor de Seguros Generales a AON Risk Services Argentina S.A en reemplazo del productor local el Sr. Sebastian Liebana, que venía desarrollando su tarea desde el año 1995.
Liebana atendía todos los Seguros Patrimoniales, es decir, todos los siniestros de las dependencia del Municipio de Necochea, Quequen, Claraz, La Dulce, Polideportivo etc., que pudieran ser ocasionados por Robos, Incendios, Tornados, etc y además atendía todos los seguros del Parque Automotor, vehículos oficiales, maquinaria vial, etc, siendo importante destacar que no tenía otra vinculación en otra áreas, como las ART, esta última de bastante complejidad y conflictos por pagos fuera de termino por parte del Municipio.
AON es broker de seguros de la aseguradora MAPFRE
Sobre el tema y según los concejales, el Secretario de Gobierno, Mario Diez, informó verbalmente de los motivos de tal cambio, no muy convincentes, pero resaltó que esa medida no ocasionaba ningún perjuicio para el Municipio. Pero los números no coinciden con la palabra del Secretario de gobierno.
“No sabemos a ciencia cierta si los cambios de productor fueron fundados o no, pero al ver los números, creo que la conclusión es más que clara. Pero en el caso de haber existido motivos fundados para el cambio de Productor de Seguros el bloque de Concejales de Unión Peronista cree que hubiera sido más ético, el llamado a concurso, ya que curiosamente la empresa AON Risk Services Argentina es a su vez Broker de seguros de la Aseguradora MAPFRE Argentina Seguros S.A, cuya representación en Necochea la tiene entre otros el Sr. Secretario de Gobierno de la ciudad”-

vientodelsur.info

Zurich Argentina nombra CEO

Alcides Ricardes ha sido nombrado CEO de Zurich Argentina. El ex CEO, Eduardo Mareovich, ha decidido volver a los Estados Unidos por razones personales. Alcides Ricardes reportará directamente a Peter Rebrin, CEO de Zurich América Latina.

Alcides Ricardes ingresó a Zurich en 1999 como gerente de Underwriting & Reinsurance. En este puesto tuvo a su cargo Property, Engineering Lines, Responsabilidad Civil, Marine, Agribusiness y Caución, además de desarrollar la estrategia de reaseguros para la Argentina. En 2003 fue designado director del segmento de Corporate Business, puesto al que luego sumó el de Corporate Distribution Channels Sales Management y Risk Engineering. En 2007, fue designado director de Automóviles.
Previamente, Alcides ocupó posiciones de liderazgo en la compañía de seguros HSBC La Buenos Aires durante más de cinco años. Es ingeniero mecánico graduado en la Universidad de Belgrano y participó del Programa EXED de la Escuela de Negocios IMD en Laussane, Suiza.

Nuevas Disposiciones de la Unidad de Información Financiera para Operaciones que Superen los 50 Mil Pesos

Mediante la resolución 118/2010 publicada en el Boletín Oficial, la Unidad de Información Financiera (UIF), determinó que tanto las personas físicas como las jurídicas, cada vez que realicen un trámite que involucre montos superiores a los 50 mil pesos deberán presentar a los responsables de los Registros Nacionales y Seccionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios una declaración jurada sobre la licitud y el origen de los fondos.
Las resoluciones de la UIF que desde hace dos meses obligan a los compradores de automóviles a declarar el origen de los fondos fueron ayer modificadas para agilizar la operatoria de los comercios y las financieras del sector, habiendo creado la mencionada resolución una base de datos centralizada que simplifica las presentaciones que están obligados a realizar los comerciantes habituales de bienes nuevos, las empresas dedicadas al otorgamiento de leasing, las sociedades de ahorro previo y las entidades financieras.
Para controlar determinadas operaciones comerciales o financieras con el fin de combatir movimientos que puedan ser sospechados de lavado de dinero, fue diseñada una base de datos para centralizar la información sobre operaciones realizadas ante los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (D.N.R.P.A.), debiendo ser respaldadas con una declaración jurada cuando involucran sumas superiores a los 50 mil pesos, mientras que para las operaciones de más de 200 mil pesos los requisitos se amplían y además se exige la correspondiente documentación respaldatoria o información que sustente el origen declarado de los fondos.
Las mencionadas medidas se enmarcan en la ley 25.246 sobre prevención y castigo del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo.

ACA

El ACA ha abierto una sucursal frente a La Economía
Comercial ,será para copiar la operatoria de ventas?

Todas las compañías salen a captar producción , el mercado se pone difícil.

martes, 10 de agosto de 2010

RESOLUCION 35.258 SSN

Se cancela la inscripción de ALLIANZ SEGUROS S.A. en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros

En complemento a la otra resolución, se cancela la inscripción de ALLIANZ SEGUROS S.A. en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 583.

RESOLUCION 35.268 - SSN

Se autoriza el cambio de denominación de WILLIS S.A. por WILLIS Corredores de Reaseguros S.A.

La SSN autoriza el cambio de denominación de WILLIS S.A., entidad inscripta bajo el Nº 68 en el Registro de Intermediarios de Reaseguros, por su actual denominación WILLIS CORREDORES DE REASEGUROS S.A.

Condenan a Firma por el Ingreso de Mercadería Falsificada en el País Pese a ser una Importación de Tránsito

La Sala III, perteneciente a la Cámara Nacional de Casación Penal, revocó el decisorio de grado que rechazó la consideración del ingreso de mercadería falsificada al país como contrabandeada. En la causa, “Raúl Oviedo S.R.L. s/ Recurso de Casación”, los vocales indicaron no sería una razón eximente que la mercadería haya estado de tránsito por el país para no considerar como delictual a la conducta.
La causa arribó a la Cámara Nacional de Casación Penal en virtud del recurso interpuesto por el Fiscal General, doctor Ricardo Carlos María Álvarez, contra la resolución dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, en cuanto se decidió rechazar el recurso de apelación interpuesto ante la desestimación de que se considerara importación directa a una destinación suspensiva o de tránsito que contenía mercadería falsificada.
El argumento principal señalado por el apelante fue que en una operación fiscalizatoria no puede ser aprehendida únicamente la perspectiva fiscalista con relación a bienes a radicarse dentro del territorio nacional. Seguidamente, señaló que existe el deber institucional de mantener el funcionamiento del quehacer público fiscalizador del ingreso de mercadería falsa, bajo amenaza de incurrir en una reprobación jurídica.
Manifestó que a pesar de tener como norte la reglamentación aduanera fundamentalmente la mirada recaudacionista, no se debe dejar de lado el ingreso de elementos ilegales al país –en el caso, mercadería china de imitación que transitaba de Uruguay a Paraguay-, que no tengan en miras la comercialización nacional, pero sí el tránsito hacia otro destino, en virtud del principio de territorialidad que versa el artículo 1 del Código Penal.
Los vocales, en primer lugar trataron específicamente sobre si la situación fáctica dio lugar a un encuadramiento jurídico de contrabando, establecida en el Código Aduanero. Para arribar a la conclusión de la existencia de contrabando, analizaron sobre si aconteció una importación o no, a la luz del artículo 3 de la misma normativa, el cual indica las excepciones de las importaciones.
Es así que consideraron al supuesto como una importación, pese a estar en tránsito el camión que transportaba de un país a otro los elementos falsos a comercializar en el exterior. Luego, dieron tratamiento al artículo 46 de la Ley 25986–modificatoria del Código Aduanero-, el cual señala que toda importación, sea suspensiva o definitiva, que tenga elementos falsificados será considerada como contrabando.
Señalaron que de las pruebas producidas se pudo arribar a la conclusión que en verdad el destino de la mercadería no era Paraguay, sino Argentina, a la luz de que el proceder de la firma transportista tuvo en miras eludir los controles de la aduana con el fundamento de la mercadería ser meramente de tránsito. En virtud de ello, condenaron a la encartada con fundamento en el ardid determinado por los artículos 863 y 864 del Código Aduanero.