martes, 21 de septiembre de 2010

Proteccion Buenos Aires

Por qué la casa de piedra no cerró la entidad?

Será que hasta los docientos mil muertos no vale la pena cerrarla?

Que interás la mantiene abierta.

Mañana algunos detalles

Parana

Mejora su toma de riesgos

Mejora su toma de riesgos?

Sale al mercado a tomar remises ,vehiculos sin conductor y otras yerbas ,sale a competir con federal.

Todo esto tiene una similitud,quién será el creador de las cosas que están pasando en seguros?

Ayer dijimos Volver al pasado ,Entidades que aseguraban muertos, en Omega se hacian cheques del banco Mercurio y no estaba la plata motivo por el cual tuvo problemas.

Y ahora tenemos a Parana que emitía cheques del Finansur que no eran de Parana,todo es muy similar,será que el cerebro más grande estará volviendo al mercado?

TPC SEGUROS

Lanzó Plan Integral de RC para Empresas y Profesionales de la Salud




TPC Compañía de Seguros en su vocación constante por diseñar nuevas oportunidades comerciales que beneficien tanto al asegurado como al productor de seguros, lanzó el "Plan Integral de Responsabilidad Civil para Empresas y Profesionales de la Salud".
El plan se compone de un conjunto de productos y servicios pensado para darle cobertura asegurativa completa a las empresas dedicadas a los servicios de salud y a los profesionales que en ellas trabajen, por los riesgos inherentes a la praxis médica como también por los riesgos no médicos propios de la actividad empresaria.
Durante el Foro Nacional del Seguro VII Edición, TPC continuará difundiendo y asesorando a los productores de seguros acerca de las características del Plan Integral. La aseguradora los invita a visitar el Stand que tendrá en dicho evento para conocer los beneficios de trabajar con una Compañía especializada y líder en el ramo de Responsabilidad Profesional.

lunes, 20 de septiembre de 2010

Allanamiento Primera entrega-Volver al pasado 3

Se repite Caso Omega San Nicolas , los asegurados contratan de Ultratumba,en este caso es más grave,
muertos firman los cheques.

Quién cobra la indemnización?
O tendrá algo que ver con los Planes Fiat u otros planes de ahorro ,con la entidad.

Como se anulan estos seguros?
Llegará el correo a Chacarita o Recoleta?

Rechazan Demanda por Daños y Perjuicios Contra Empresa de Rastreo que Tardó Siete Días en Recuperar el Rodado Robado

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una sentencia de primera instancia que rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada contra una empresa que presta el servicio de rastreo de rodados, señalando que la misma no resulta responsable por la sustracción de las partes del vehículo ocurridas en las horas inmediatas al robo, tras remarcar que al dar efectivo resultado la búsqueda del rodado la empresa cumplió con su obligación.
En la causa “Bolufer Elda Ida c/ Ubicar Argentina S.A. s/ daños y perjuicios s/ ordinario”, la sentencia de primera instancia rechazó la demanda presentada por la actora contra la empresa que brinda el servicio de rastreo de rodados, invocando la actora que la sustracción de diferentes partes de su vehículo, y otros bienes personales, ocurrió a raíz de la deficiencia del sistema de rastreo y ubicación de rodados provisto por la accionada, quien tardó siete días en hallar su rodado.
La sentenciante de grado determinó que en el presente caso, la obligación asumida por la demandada se trataba de una obligación de medios que había quedado satisfecha con el hallazgo de la unidad, por lo que no podía ser responsabilizada por el hurto parcial del cual fue víctima la actora, debido a que tal hecho fue ajeno a la obligación asumida.
A ello, la magistrada de primera instancia al rechazar la demanda, señaló que a la empresa no le era legalmente exigible otra conducta ni lo estipulado en el contrato a favor de la actora le imponía el deber de responder por los daños sufridos por el vehículo, que considera atribuibles a un tercero.
En su apelación, la actora se agravió de que no se hubiera reconocido en el decisorio que el retraso en la gestión de la recuperación a cargo de la demandada determinara su cuasi desguace al momento del hallazgo lo que no le permitió llevar a la práctica la actividad comercial.
Al analizar el presente caso, los jueces de la Sala D sostuvieron que “de las condiciones de contratación del servicio prestado por la demandada, no puede inferirse otra cosa en el sentido que se trata de una clara obligación de medios, y la demandante en modo alguno ha probado la ineficacia de los medios utilizados por la accionada para cumplir con lo que pactara”.
Con relación a la obligación de la empresa demandada, los camaristas determinaron en la sentencia del pasado 17 de junio, que aquella consistía “en la dedicación orientada a obtener el hallazgo de lo perdido, en el marco temporal del contrato que se asume con la aseguradora y a favor de la actora”.
Los magistrados explicaron que “dada la demora en la ubicación del rodado, fue factible la sustracción de la cúpula, la bocina, la rueda de auxilio y críquet, y el estéreo y parlantes, carece de asidero para la condena que se pretende, fuera del marco de las obligaciones asumidas tanto por la demandada como por la aseguradora del vehículo de la actora”, agregando que “la diligencia a que se comprometiera ubicar destinada a su búsqueda dio efectivo resultado y configuró el cumplimiento de su cometido, que no puede extenderse a hechos de terceros ajenos a la relación en análisis, y que en la mayoría de los casos se cometen en las horas inmediatas al robo precisamente por la posibilidad de que las unidades sustraídas cuenten con este tipo de sistemas de rastreo”, por lo que rechazaron la apelación presentada ratificando la sentencia apelada.

domingo, 19 de septiembre de 2010

Cada accidentado le cuesta $5 mil al Estado

El director del Hospital Central, dr. Víctor Cambra, habló de la recepción de pacientes que diariamente son trasladados al nosocomio a causa de accidentes de tránsito y dio a conocer según sus estadísticas, el balance de accidentados sobre todo por colisión en motos. En este contexto, dijo que el Estado gasta entre 1.500 y 4.500 pesos por cada accidentado que ingresa a la guardia de Emergencias del hospital. Si se le agrega otros procedimientos como ser fijación o sujeción de columna vertebral, el gasto se dispara a 20 mil pesos en una sola atención.
En diálogo con RadioUno Formosa, el Director del Hospital Central indicó sobre el tema: "Nosotros llevamos una estadística firme desde el año 2007, desde lo que nosotros denominamos la ‘epidemia de accidentes’ y se trataba de pacientes jóvenes, quienes no tenían casco protector", subrayando que: "año a año tenemos constatado el aumento de número de accidentes de tránsito, y principalmente las colisiones de motos".
Por lo cual afirmó: "En el 2007 al primer semestre del 2010 hemos notado un gran aumento del número de pacientes que ingresan por accidentes al hospital, de estos tenemos que el 15 al 20% corresponden a pacientes del interior.
En este último número entran los más graves", sin embargo subrayó que "hemos notado una disminución de ingresos en cuidados intensivos, hemos disminuido la curva de mortalidad pero sigue ingresando casi el mismo número de pacientes por accidentes de tránsito".
Consejo de Seguridad Vial
Sin embargo, el Dr. Cambra marcó que hubo un quiebre en las estadísticas: "Pero acá hay algo muy importante, después de que se lanzó el Consejo de Seguridad Vial en el 2009 hemos notado una disminución de ingreso de estos pacientes a la sala de cuidado intensivo.
Por lo cual gracias a los mecanismos de prevención hemos disminuido la curva de mortalidad, hemos disminuido la gravedad.
Pero en ese 15 o 20% son pacientes graves, los cuales colisionan sin casco. Si nosotros hablábamos en el 2008 o 2009 que estadísticas fallecían los pacientes jóvenes por accidentes de motos.
Y todavía no se ha tomado conciencia del impacto que genera la falta de prevención y toma de conciencia cuando uno sale en un motovehículo.
Personalmente cuando tenemos la oportunidad remarcamos que por cada fallecido, quedan tres pacientes discapacitados, y todavía no estamos hablando de los discapacitados estadísticamente.
Entre el 2008 o 2009 hemos disminuido esa curva, para esquematizar podríamos decir que parte del 2008 teníamos mayor porcentaje de ingreso, y oscilaban entre los 20 y 29 años, ahora son cada vez más jóvenes, lo que hace más preocupante esta situación".
Costos
Al ser consultado sobre cuánto gasta el Estado, el facultativo médico indicó: "Ha disminuido en la gravedad de los pacientes que se realizan procedimientos neuroquirúrgicos, pero los más graves son los traumatismos encefálicos, los cuales son proclives a infecciones respiratorias.
La cabeza hace de paragolpe, y al golpearse la cabeza el paciente pierde la conciencia y se broncoaspira, y más todas las lesiones complican al paciente en la sala de atención o en la cirugía". Además agregó:
"El paciente traumatizado tiene tres curvas de mortalidad, la primera es en el lugar del accidente, la segunda es en el traslado, y es allí donde nosotros actuamos en la Guardia del Hospital Central, el que se adaptó, y tratamos de que el paciente ingrese a la sala de reanimación, donde entra a lo que nosotros llamamos la ‘Hora de oro’.
En ese momento hay unos 1500 a 4500 pesos de gasto, solamente en la reanimación, y sumado a eso, si necesita un procedimiento mayor como ser una fijación de columna sumamos otros 15 o 20 mil pesos.
Además la mayoría de las fracturas traumáticas se utilizan prótesis, llámese clavo u otro elemento, y eso tiene un costo, por lo cual contamos con un banco de prótesis, y el paciente se opera con todos los elementos necesarios que tiene el hospital".
Haciendo un análisis más fino de los números el Dr. Cambra indicó: "Aproximadamente estamos aumentando en promedio 100 pacientes por año. Por lo cual, por día entran 7 pacientes por accidentes con traumatismo.
Estamos hablando solamente del tratamiento inicial, no del posterior que tiene el seguimiento post operatorio el uso de antibióticos, de prótesis que no deben usar por mucho tiempo", agregando que esto necesita de financiación por lo que sostuvo:
"En noviembre del 2007 se ha creado el área de Recupero de Gastos, y el hospital realiza la facturación de todos los pacientes que tienen obra social, y los de accidentes de tránsito, y todos los que tienen seguros, factura a la compañía de seguro en el juzgado que dicho paciente realiza la denuncia, y es allí donde nosotros presentamos la factura".

Año 2009 TOTALES
LESION CANTIDAD
Acc. Tránsito moto 1.496
Autolesionad. Moto 630
Agresión por terceros 252
Herida arma blanca 231
Herida arma fuego 56
Acc. Tránsito auto 52
Intento de suicidio 43
Acc. Tránsito bici 10
Quemados 8
Suicidio 7
Descarga eléctrica 3
Homicidio 3
Ahogados 2
Sin diagnóstico 2
TOTAL 2.795

viernes, 17 de septiembre de 2010

Los Empresarios Estarán Obligados a Repartir Ganancias a sus Trabajadores: Un Preocupante Proyecto de Ley

El abogado de los “camioneros”, el diputado Recalde estaría presentando en estos días ante el Parlamento Nacional un proyecto de ley que prevé la distribución imperativa, forzosa y obligatoria de un porcentaje de las ganancias netas de las empresas.

Este proyecto ha merecido el beneplácito “nada inocente” del ex presidente Kirchner y al mismo tiempo el rechazo de la UIA “… la Argentinase parece cada vez más Cuba …” habría expresado su máximo representante …
Sin duda el proyecto de ley de reparto de utilidades tensa nuevamente la relación entre gobierno y empresarios. Mientras el Estado Nacional busca que los trabajadores participen de la renta empresaria bajo el argumento poco feliz de que las empresas están ganando demasiado, los empresarios sólo están dispuestos a que los empleados participen de la torta pero, vía remuneración.
No creo que sea constructivo tomar posturas extremas en un tema donde existen ejemplos locales e internacionales donde la idea de participar de las utilidades a favor de los empleados funciona muy bien. Alemania es un claro ejemplo de este modelo distribucionista. Un detalle: no somos alemanes ni nuestra economía es germana.
Estoy convencido de una cosa: este proyecto de ley es absolutamente inoportuno. Cuesta imaginar que los empresarios estén deseosos de tener “partners” que suspendan la producción, provoquen piquetes, incendien neumáticos, tomen la planta por la fuerza, hagan cortes de ruta y negocien sus derechos de manera violenta y extorsiva, tal como viene ocurriendo desde hace un largo rato entre nosotros.
Cuesta imaginar que los operarios movidos por intereses absolutamente desalineados con los intereses de los empresarios y movidos por líderes sindicales inescrupulosos estén deseosos de ser “socios”, sentarse en la mesa grande y cogestionar el destino de la empresa.
Nuestra Carta Magna en su artículo 14 bis nos dice que“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección …”. La Constitución reconoce este derecho a los trabajadores hasta llegar incluso a colaborar en la gestión (sic). O sea es un derecho de primer rango. Sin duda la participación en las ganancias, más la participación o colaboración en la dirección es una figura muy afín con la de socio o accionsita.
Nuestra Ley de Sociedades 19.550 prevé una figura menos intensa pero sumamente interesante. Me refiero a los bonos de participación en las ganancias para el personal en relación de dependencia previstos en el artículo 230 de la ley. Estos bonos tienen por objetivo alinear los intereses de los empleados con los del empresario accediendo el trabajador a las ganancias del negocio pero, sin asumir el riesgo del empresario. La misma ley nos dice de manera sugestiva que los dividendos pagados como renta de estos bonos serán computados como gasto operativo para la sociedad (sic).
Esta ley ofrece el instrumento adecuado para incentivar a los empresarios a ceder parte de la ganancia: la deducción de esta renta como gasto en la declaración de impuestos. Ahora bien, bastó que el propio Estado en su desenfrenado afán recaudador someta esta renta a la 4ta categoría del impuesto a las ganancias para que aquel incentivo caiga en saco roto. Es vox populi que toda remuneración recibida con motivo del empleado o con causa en el trabajo está gravada por donde se la mire: ganancias y cargas sociales. Recalde debería saber que ha sido el propio Estado (gerenciado por los peronistas desde hace más de 20 años) quien privó a los empleados de acceder a la renta del capital.
Existen entre nosotros algunas experiencias interesantes en la instrumentación de estos bonos. El modelo privatizador de la década del 90 promovió estos instrumentos, en particular, para sociedades privatizadas. También existen otros instrumentos sumamente interesantes tales como la suscripción de acciones u opciones. Estos instrumentos se encuentran previstos hoy, en el decreto 677/01 para sociedades cotizadas y en la Ley de Obligaciones Negociables.
La razón por la que nuestro empresariado no utiliza estos instrumentos se debe a que los costos transaccionales de entrada y salida son demasiado altos para ponerlos en práctica. Ha sido el propio Estado a través de las normas fiscales y laborales el que terminó aniquilando los beneficios de estos sistemas de genuino “capitalismo popular de mercado”.
No necesitamos una ley que imponga el reparto de dividendos sino volver a las fuentes: el bono de participación del artículo 230 de la ley societaria que otorga a los empleados el derecho a participar de las ganancias de acuerdo con los términos y condiciones de emisión de aquellos bonos.
El diputado Recalde pretende con este insólito proyecto forzar el reparto de dividendos obligando a los empresarios pagar una renta anual obligatoria sin considerar este funcionario que el capital (en todo el mundo) tiene un costo financiero. Esto quiere decir que si este proyecto de a luz el costo del capital para las inversiones genuinas en la república argentina aumentará considerablemente ahuyentando inversiones y desalentando la creación de empleo.
Ninguna duda que este proyecto de ley tiene una profunda raíz peronista – sindical pues me recuerda a la popular marchita que dice “… combatiendo al capita …”