El director del Hospital Central, dr. Víctor Cambra, habló de la recepción de pacientes que diariamente son trasladados al nosocomio a causa de accidentes de tránsito y dio a conocer según sus estadísticas, el balance de accidentados sobre todo por colisión en motos. En este contexto, dijo que el Estado gasta entre 1.500 y 4.500 pesos por cada accidentado que ingresa a la guardia de Emergencias del hospital. Si se le agrega otros procedimientos como ser fijación o sujeción de columna vertebral, el gasto se dispara a 20 mil pesos en una sola atención.
En diálogo con RadioUno Formosa, el Director del Hospital Central indicó sobre el tema: "Nosotros llevamos una estadística firme desde el año 2007, desde lo que nosotros denominamos la ‘epidemia de accidentes’ y se trataba de pacientes jóvenes, quienes no tenían casco protector", subrayando que: "año a año tenemos constatado el aumento de número de accidentes de tránsito, y principalmente las colisiones de motos".
Por lo cual afirmó: "En el 2007 al primer semestre del 2010 hemos notado un gran aumento del número de pacientes que ingresan por accidentes al hospital, de estos tenemos que el 15 al 20% corresponden a pacientes del interior.
En este último número entran los más graves", sin embargo subrayó que "hemos notado una disminución de ingresos en cuidados intensivos, hemos disminuido la curva de mortalidad pero sigue ingresando casi el mismo número de pacientes por accidentes de tránsito".
Consejo de Seguridad Vial
Sin embargo, el Dr. Cambra marcó que hubo un quiebre en las estadísticas: "Pero acá hay algo muy importante, después de que se lanzó el Consejo de Seguridad Vial en el 2009 hemos notado una disminución de ingreso de estos pacientes a la sala de cuidado intensivo.
Por lo cual gracias a los mecanismos de prevención hemos disminuido la curva de mortalidad, hemos disminuido la gravedad.
Pero en ese 15 o 20% son pacientes graves, los cuales colisionan sin casco. Si nosotros hablábamos en el 2008 o 2009 que estadísticas fallecían los pacientes jóvenes por accidentes de motos.
Y todavía no se ha tomado conciencia del impacto que genera la falta de prevención y toma de conciencia cuando uno sale en un motovehículo.
Personalmente cuando tenemos la oportunidad remarcamos que por cada fallecido, quedan tres pacientes discapacitados, y todavía no estamos hablando de los discapacitados estadísticamente.
Entre el 2008 o 2009 hemos disminuido esa curva, para esquematizar podríamos decir que parte del 2008 teníamos mayor porcentaje de ingreso, y oscilaban entre los 20 y 29 años, ahora son cada vez más jóvenes, lo que hace más preocupante esta situación".
Costos
Al ser consultado sobre cuánto gasta el Estado, el facultativo médico indicó: "Ha disminuido en la gravedad de los pacientes que se realizan procedimientos neuroquirúrgicos, pero los más graves son los traumatismos encefálicos, los cuales son proclives a infecciones respiratorias.
La cabeza hace de paragolpe, y al golpearse la cabeza el paciente pierde la conciencia y se broncoaspira, y más todas las lesiones complican al paciente en la sala de atención o en la cirugía". Además agregó:
"El paciente traumatizado tiene tres curvas de mortalidad, la primera es en el lugar del accidente, la segunda es en el traslado, y es allí donde nosotros actuamos en la Guardia del Hospital Central, el que se adaptó, y tratamos de que el paciente ingrese a la sala de reanimación, donde entra a lo que nosotros llamamos la ‘Hora de oro’.
En ese momento hay unos 1500 a 4500 pesos de gasto, solamente en la reanimación, y sumado a eso, si necesita un procedimiento mayor como ser una fijación de columna sumamos otros 15 o 20 mil pesos.
Además la mayoría de las fracturas traumáticas se utilizan prótesis, llámese clavo u otro elemento, y eso tiene un costo, por lo cual contamos con un banco de prótesis, y el paciente se opera con todos los elementos necesarios que tiene el hospital".
Haciendo un análisis más fino de los números el Dr. Cambra indicó: "Aproximadamente estamos aumentando en promedio 100 pacientes por año. Por lo cual, por día entran 7 pacientes por accidentes con traumatismo.
Estamos hablando solamente del tratamiento inicial, no del posterior que tiene el seguimiento post operatorio el uso de antibióticos, de prótesis que no deben usar por mucho tiempo", agregando que esto necesita de financiación por lo que sostuvo:
"En noviembre del 2007 se ha creado el área de Recupero de Gastos, y el hospital realiza la facturación de todos los pacientes que tienen obra social, y los de accidentes de tránsito, y todos los que tienen seguros, factura a la compañía de seguro en el juzgado que dicho paciente realiza la denuncia, y es allí donde nosotros presentamos la factura".
Año 2009 TOTALES
LESION CANTIDAD
Acc. Tránsito moto 1.496
Autolesionad. Moto 630
Agresión por terceros 252
Herida arma blanca 231
Herida arma fuego 56
Acc. Tránsito auto 52
Intento de suicidio 43
Acc. Tránsito bici 10
Quemados 8
Suicidio 7
Descarga eléctrica 3
Homicidio 3
Ahogados 2
Sin diagnóstico 2
TOTAL 2.795
domingo, 19 de septiembre de 2010
sábado, 18 de septiembre de 2010
viernes, 17 de septiembre de 2010
Los Empresarios Estarán Obligados a Repartir Ganancias a sus Trabajadores: Un Preocupante Proyecto de Ley
El abogado de los “camioneros”, el diputado Recalde estaría presentando en estos días ante el Parlamento Nacional un proyecto de ley que prevé la distribución imperativa, forzosa y obligatoria de un porcentaje de las ganancias netas de las empresas.
Este proyecto ha merecido el beneplácito “nada inocente” del ex presidente Kirchner y al mismo tiempo el rechazo de la UIA “… la Argentinase parece cada vez más Cuba …” habría expresado su máximo representante …
Sin duda el proyecto de ley de reparto de utilidades tensa nuevamente la relación entre gobierno y empresarios. Mientras el Estado Nacional busca que los trabajadores participen de la renta empresaria bajo el argumento poco feliz de que las empresas están ganando demasiado, los empresarios sólo están dispuestos a que los empleados participen de la torta pero, vía remuneración.
No creo que sea constructivo tomar posturas extremas en un tema donde existen ejemplos locales e internacionales donde la idea de participar de las utilidades a favor de los empleados funciona muy bien. Alemania es un claro ejemplo de este modelo distribucionista. Un detalle: no somos alemanes ni nuestra economía es germana.
Estoy convencido de una cosa: este proyecto de ley es absolutamente inoportuno. Cuesta imaginar que los empresarios estén deseosos de tener “partners” que suspendan la producción, provoquen piquetes, incendien neumáticos, tomen la planta por la fuerza, hagan cortes de ruta y negocien sus derechos de manera violenta y extorsiva, tal como viene ocurriendo desde hace un largo rato entre nosotros.
Cuesta imaginar que los operarios movidos por intereses absolutamente desalineados con los intereses de los empresarios y movidos por líderes sindicales inescrupulosos estén deseosos de ser “socios”, sentarse en la mesa grande y cogestionar el destino de la empresa.
Nuestra Carta Magna en su artículo 14 bis nos dice que“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección …”. La Constitución reconoce este derecho a los trabajadores hasta llegar incluso a colaborar en la gestión (sic). O sea es un derecho de primer rango. Sin duda la participación en las ganancias, más la participación o colaboración en la dirección es una figura muy afín con la de socio o accionsita.
Nuestra Ley de Sociedades 19.550 prevé una figura menos intensa pero sumamente interesante. Me refiero a los bonos de participación en las ganancias para el personal en relación de dependencia previstos en el artículo 230 de la ley. Estos bonos tienen por objetivo alinear los intereses de los empleados con los del empresario accediendo el trabajador a las ganancias del negocio pero, sin asumir el riesgo del empresario. La misma ley nos dice de manera sugestiva que los dividendos pagados como renta de estos bonos serán computados como gasto operativo para la sociedad (sic).
Esta ley ofrece el instrumento adecuado para incentivar a los empresarios a ceder parte de la ganancia: la deducción de esta renta como gasto en la declaración de impuestos. Ahora bien, bastó que el propio Estado en su desenfrenado afán recaudador someta esta renta a la 4ta categoría del impuesto a las ganancias para que aquel incentivo caiga en saco roto. Es vox populi que toda remuneración recibida con motivo del empleado o con causa en el trabajo está gravada por donde se la mire: ganancias y cargas sociales. Recalde debería saber que ha sido el propio Estado (gerenciado por los peronistas desde hace más de 20 años) quien privó a los empleados de acceder a la renta del capital.
Existen entre nosotros algunas experiencias interesantes en la instrumentación de estos bonos. El modelo privatizador de la década del 90 promovió estos instrumentos, en particular, para sociedades privatizadas. También existen otros instrumentos sumamente interesantes tales como la suscripción de acciones u opciones. Estos instrumentos se encuentran previstos hoy, en el decreto 677/01 para sociedades cotizadas y en la Ley de Obligaciones Negociables.
La razón por la que nuestro empresariado no utiliza estos instrumentos se debe a que los costos transaccionales de entrada y salida son demasiado altos para ponerlos en práctica. Ha sido el propio Estado a través de las normas fiscales y laborales el que terminó aniquilando los beneficios de estos sistemas de genuino “capitalismo popular de mercado”.
No necesitamos una ley que imponga el reparto de dividendos sino volver a las fuentes: el bono de participación del artículo 230 de la ley societaria que otorga a los empleados el derecho a participar de las ganancias de acuerdo con los términos y condiciones de emisión de aquellos bonos.
El diputado Recalde pretende con este insólito proyecto forzar el reparto de dividendos obligando a los empresarios pagar una renta anual obligatoria sin considerar este funcionario que el capital (en todo el mundo) tiene un costo financiero. Esto quiere decir que si este proyecto de a luz el costo del capital para las inversiones genuinas en la república argentina aumentará considerablemente ahuyentando inversiones y desalentando la creación de empleo.
Ninguna duda que este proyecto de ley tiene una profunda raíz peronista – sindical pues me recuerda a la popular marchita que dice “… combatiendo al capita …”
Este proyecto ha merecido el beneplácito “nada inocente” del ex presidente Kirchner y al mismo tiempo el rechazo de la UIA “… la Argentinase parece cada vez más Cuba …” habría expresado su máximo representante …
Sin duda el proyecto de ley de reparto de utilidades tensa nuevamente la relación entre gobierno y empresarios. Mientras el Estado Nacional busca que los trabajadores participen de la renta empresaria bajo el argumento poco feliz de que las empresas están ganando demasiado, los empresarios sólo están dispuestos a que los empleados participen de la torta pero, vía remuneración.
No creo que sea constructivo tomar posturas extremas en un tema donde existen ejemplos locales e internacionales donde la idea de participar de las utilidades a favor de los empleados funciona muy bien. Alemania es un claro ejemplo de este modelo distribucionista. Un detalle: no somos alemanes ni nuestra economía es germana.
Estoy convencido de una cosa: este proyecto de ley es absolutamente inoportuno. Cuesta imaginar que los empresarios estén deseosos de tener “partners” que suspendan la producción, provoquen piquetes, incendien neumáticos, tomen la planta por la fuerza, hagan cortes de ruta y negocien sus derechos de manera violenta y extorsiva, tal como viene ocurriendo desde hace un largo rato entre nosotros.
Cuesta imaginar que los operarios movidos por intereses absolutamente desalineados con los intereses de los empresarios y movidos por líderes sindicales inescrupulosos estén deseosos de ser “socios”, sentarse en la mesa grande y cogestionar el destino de la empresa.
Nuestra Carta Magna en su artículo 14 bis nos dice que“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección …”. La Constitución reconoce este derecho a los trabajadores hasta llegar incluso a colaborar en la gestión (sic). O sea es un derecho de primer rango. Sin duda la participación en las ganancias, más la participación o colaboración en la dirección es una figura muy afín con la de socio o accionsita.
Nuestra Ley de Sociedades 19.550 prevé una figura menos intensa pero sumamente interesante. Me refiero a los bonos de participación en las ganancias para el personal en relación de dependencia previstos en el artículo 230 de la ley. Estos bonos tienen por objetivo alinear los intereses de los empleados con los del empresario accediendo el trabajador a las ganancias del negocio pero, sin asumir el riesgo del empresario. La misma ley nos dice de manera sugestiva que los dividendos pagados como renta de estos bonos serán computados como gasto operativo para la sociedad (sic).
Esta ley ofrece el instrumento adecuado para incentivar a los empresarios a ceder parte de la ganancia: la deducción de esta renta como gasto en la declaración de impuestos. Ahora bien, bastó que el propio Estado en su desenfrenado afán recaudador someta esta renta a la 4ta categoría del impuesto a las ganancias para que aquel incentivo caiga en saco roto. Es vox populi que toda remuneración recibida con motivo del empleado o con causa en el trabajo está gravada por donde se la mire: ganancias y cargas sociales. Recalde debería saber que ha sido el propio Estado (gerenciado por los peronistas desde hace más de 20 años) quien privó a los empleados de acceder a la renta del capital.
Existen entre nosotros algunas experiencias interesantes en la instrumentación de estos bonos. El modelo privatizador de la década del 90 promovió estos instrumentos, en particular, para sociedades privatizadas. También existen otros instrumentos sumamente interesantes tales como la suscripción de acciones u opciones. Estos instrumentos se encuentran previstos hoy, en el decreto 677/01 para sociedades cotizadas y en la Ley de Obligaciones Negociables.
La razón por la que nuestro empresariado no utiliza estos instrumentos se debe a que los costos transaccionales de entrada y salida son demasiado altos para ponerlos en práctica. Ha sido el propio Estado a través de las normas fiscales y laborales el que terminó aniquilando los beneficios de estos sistemas de genuino “capitalismo popular de mercado”.
No necesitamos una ley que imponga el reparto de dividendos sino volver a las fuentes: el bono de participación del artículo 230 de la ley societaria que otorga a los empleados el derecho a participar de las ganancias de acuerdo con los términos y condiciones de emisión de aquellos bonos.
El diputado Recalde pretende con este insólito proyecto forzar el reparto de dividendos obligando a los empresarios pagar una renta anual obligatoria sin considerar este funcionario que el capital (en todo el mundo) tiene un costo financiero. Esto quiere decir que si este proyecto de a luz el costo del capital para las inversiones genuinas en la república argentina aumentará considerablemente ahuyentando inversiones y desalentando la creación de empleo.
Ninguna duda que este proyecto de ley tiene una profunda raíz peronista – sindical pues me recuerda a la popular marchita que dice “… combatiendo al capita …”
miércoles, 15 de septiembre de 2010
Los Sindicatos Quieren Por Ley Poder Auditar los Balances de las Empresas
Al proyecto de ley elaborado por el diputado Héctor Recalde, que propone distribuir entre los trabajadores un 10% de las ganancias de las empresas, se le incorporó una cláusula especial para asegurar el acceso de los empleados y los gremios a los datos e información contable de las empresas.
El proyecto que en el día de ayer recibió el aval de parte de la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT), y será presentado la semana que viene en el Congreso, prevé que los trabajadores y los gremios tengan un acceso a la información y datos contables y financieros de las empresas, a fin de tener un “conocimiento real” del cálculo de ganancias, así como su potencial reparto.
La iniciativa del asesor legal de la CGT, Héctor Recalde, contempla que el 10% del total de las utilidades de cada compañía se distribuya entre su personal en un único pago anual, encontrándose exceptuado de cargas patronales y de la base imponible para el pago del impuesto a las Ganancias.
A su vez, la iniciativa establece un esquema de aplicación, que arrancará con las compañías de más de 300 trabajadores y con un alto nivel de rentabilidad, destinando una parte del monto de las ganancias a repartir a un fondo solidario para financiar programas sociales y trabajadores en negro.
De acuerdo al proyecto, dicho fondo solidario se nutrirá de un porcentaje del total del monto de utilidades a repartir, el que rondaría entre el 2% y el 5%.
El proyecto que en el día de ayer recibió el aval de parte de la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT), y será presentado la semana que viene en el Congreso, prevé que los trabajadores y los gremios tengan un acceso a la información y datos contables y financieros de las empresas, a fin de tener un “conocimiento real” del cálculo de ganancias, así como su potencial reparto.
La iniciativa del asesor legal de la CGT, Héctor Recalde, contempla que el 10% del total de las utilidades de cada compañía se distribuya entre su personal en un único pago anual, encontrándose exceptuado de cargas patronales y de la base imponible para el pago del impuesto a las Ganancias.
A su vez, la iniciativa establece un esquema de aplicación, que arrancará con las compañías de más de 300 trabajadores y con un alto nivel de rentabilidad, destinando una parte del monto de las ganancias a repartir a un fondo solidario para financiar programas sociales y trabajadores en negro.
De acuerdo al proyecto, dicho fondo solidario se nutrirá de un porcentaje del total del monto de utilidades a repartir, el que rondaría entre el 2% y el 5%.
lunes, 13 de septiembre de 2010
Seguro para motos arrancan desde los 40 pesos
El titular de la empresa Jojot Seguros, César Jojot hablo del tema en Radio Uno y expresó: “tenemos los seguros de motos, algunas de las compañías con las que estamos trabajando es Federal Seguros, Nación Seguros, en su mayoría los precios son variables, pero no superan los $50, están entre $40 y $44”.
Jojot explicó la cobertura del seguro y dijo: “el seguro contra terceros significa que todo daño que pudiera ocasionar esa moto contra personas terceras; en algunos casos cubre al transportado si la moto tiene capacidad para dos personas, cubre a la persona que va atrás, siempre y cuando no sea pariente directo hasta el tercer grado de consanguinidad”.
“Normalmente en vehículos de ese tamaño hasta 250cc no cubre robo por el hecho de que es fácil robarlo, si en motos de alta gama pero ya con otros requisitos”. “Siempre hago hincapié con todos mis clientes que, por más que sea obligatorio, realmente tiene que ser a conciencia, porque ahora todas las motos tienen sus dueños porque se lo identifica con la patente”, subrayó Jojot.
Ademas Nación Seguros vende Rc 3.000.000 en Moreno con grua $95
Y la Prima sufiente?
La Casa de Piedra Mira o no Mira? O será debido a otras cosas ?
Este en un tema oscuro o solamente Moreno
Jojot explicó la cobertura del seguro y dijo: “el seguro contra terceros significa que todo daño que pudiera ocasionar esa moto contra personas terceras; en algunos casos cubre al transportado si la moto tiene capacidad para dos personas, cubre a la persona que va atrás, siempre y cuando no sea pariente directo hasta el tercer grado de consanguinidad”.
“Normalmente en vehículos de ese tamaño hasta 250cc no cubre robo por el hecho de que es fácil robarlo, si en motos de alta gama pero ya con otros requisitos”. “Siempre hago hincapié con todos mis clientes que, por más que sea obligatorio, realmente tiene que ser a conciencia, porque ahora todas las motos tienen sus dueños porque se lo identifica con la patente”, subrayó Jojot.
Ademas Nación Seguros vende Rc 3.000.000 en Moreno con grua $95
Y la Prima sufiente?
La Casa de Piedra Mira o no Mira? O será debido a otras cosas ?
Este en un tema oscuro o solamente Moreno
Traiciones del mercado
Que empleado de una compañia aseguradora por tener un juicio ejecutivo con un apoderado de otra companía entregó información para que no lo ejecuten.
La aseguradora deschavada solucionó su problema ,y el empleado sigue en la cía.
Aguardamos comentarios.
La aseguradora deschavada solucionó su problema ,y el empleado sigue en la cía.
Aguardamos comentarios.
Descendieron un 18% los juicios en trámite cada 500 mil pesos de ventas de Boston Seguros.

Esto es solamente en un tema de registros ?
O ya habrá cambiado de dueño y trabajan en limpiar la Imagen?
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