viernes, 26 de febrero de 2010

AIG DE MAL EN PEOR


Según información publicada en el día de hoy, la aseguradora estadounidense AIG -controlada en un 80% por el Gobierno de EEUU- informó para el cuarto trimestre del año unas pérdidas netas de u$s 8.900 millones ó u$s 65,51 por acción, frente a los u$s 61.700 millones que perdió en el mismo periodo del año anterior.
Las pérdidas ajustadas ascendieron a u$s 7.200 millones, muy por debajo de u$s 38.500 millones del cuarto trimestre de 2008. Asimismo, reportó que durante el último año abonó u$s 6.200 millones en tasas de interés y en los gastos por amortizaciones correspondientes al rescate federal que recibió.
Sin embargo, la compañía ha informado de que provisionó u$s 2.300 millones para su división de seguros y ha avanzado que podría necesitar más ayuda de la Administración de Barack Obama. Según indica en su comunicado a la SEC, sin ese posible apoyo adicional, "en el futuro podría existir una duda sustancial sobre la capacidad de AIG de continuar".

MERCANTIL ANDINA


Mercantil Andina aclara
Cambia de accionista pero no se vende
Mediante una atenta carta remitida por Pedro Mirante, Gerente General de La Mercantil Andina, desea informar al mercado que "Por imperio de regulaciones de las Bolsas Internacionales, el Grupo está efectuando una reingenieria de sus negocios, pasando a depender en el futuro, una de sus sociedades comerciales, Compañìa de Seguros La Mercantil Andina S.A., directamente del Hólding Pescarmona". Por lo expuesto la Familia Pescarmona no sólo seguirá en el negocio asegurador, sino que además preferencia a su Aseguradora, haciéndola depender directamante del Hólding, sin participaciones accionarias con ninguna otra empresa del Grupo, como lo es hoy. Por lo expuesto la empresa no está comprendida en proceso alguno de venta a terceros. Finalmente cumplimos en informar que el Hólding al que pertenecerá Mercantil Andina es 100% propiedad de la Familia Pescarmona."
IMPSA, actual accionista de La Mercantil Andina desea enfocarse en el mercado brasileño de energias renovables, cotizando en el Bovespa, la bolsa de San Pablo. Para ello el grupo deberá desvincularse de sus activos locales entre los que se encuentran tanto la compañía La Mercantil Andina como Transapelt, empresa de carga pesada y TCA (Tecnología en componentes automotivos).

BUESEG: COMUNICADO DE PRENSA

La organización del Bueseg 2010 ha ingresado en su etapa final, habiéndose completado los principales aspectos operativos, de estructura del programa académico y del proceso de registración de participantes. Los días 13, 14 y 15 de marzo estarán dedicados a las reuniones institucionales de la Federación Mundial de Intermediarios de Seguros (WFII), como así también de la Confederación Panamericana de Productores de Seguros (COPAPROSE). El 16 y 17 serán desarrolladas las actividades académicas, uno de los aspectos esenciales del evento. El programa respectivo ha quedado confirmado en su parte principal, abordándose temas de relevancia, que posibilitarán a los asistentes acceder a la experiencia de profesionales de primer nivel mundial en el mercado asegurador y a la visión de los mismos respecto del desarrollo futuro de nuestra actividad. Vale decir, una oportunidad única para el conocimiento global del mundo del seguro.Los temas a desarrollar serán: Intermediación de seguros: contexto general y panorama actual a nivel mundial. · Proyecto para el desarrollo de los mercados de seguros en Latinoamérica.· Supervisión de seguros (Panel internacional). Cómo reaccionó la IAIS ante la crisis financiera global. Temas en la agenda del supervisor. La supervisión en la intermediación de seguros.· La experiencia de EEUU, Canadá y Brasil en la utilización del lobby profesional de la Institución Aseguradora.· Expectativas para la próxima década en la relación entre las aseguradoras y la intermediación profesional.· La distribución de seguros en Iberoamérica y su proyección en los próximos diez años.· El futuro de la industria de seguros según las tendencias económicas, demográficas, tecnológicas y medioambientales. Entre otros, disertarán Nic De Maesschalck - Bélgica (Director de la WFII), Luis Ros – República Dominicana (Presidente de la WFII), Elizabeth Demaret - EEUU (Presidenta saliente de la WFII), Jaap Meijers - Holanda (Presidente del BIPAR), Anthony Lim – Singapur (Presidente CIBA), Robert Bittar – Brasil (Presidente de FENACOR), Justus Van Pletzen - Sudáfrica (Chief Operating Officer-FIA), Rodolfo Wehrhahn – EEUU (Especialista de Seguros Senior del Banco Mundial), Adel Moneer - Egipto (Superintendente de Seguros), Armando Virgilio dos Santos Junior - Brasil (Superintendente de Seguros), Gustavo Medone – Argentina (Superintendente de Seguros), Markku Wileniues (Finlandia), Juan Carlos Lucio Godoy - Argentina (Presidente de la Asociación Americana de Cooperativas y Mutualidades de Seguros-AACMIS), Alex Soto – EEUU (Ex Presidente de IIABA - EEUU), Dan Danyluk – Canadá (CEO, IBAC Canadá), Bernardo Krijbolder (Holanda), Enrique Rodríguez - Guatemala (Presidente de FIDES), Antonio Pozzi – México (Vicepresidente de COPAPROSE), Jorge Vignolo - Argentina (Presidente de AAPAS), Recaredo Arias – México (Secretario general de FIDES), José Díaz Devesa - Venezuela (Presidente de CAVECOSE) y José María Campabadal – España (Presidente del Consejo General de Mediadores).
Hasta el presente, el Bueseg 2010 cuenta con un número importante de patrocinantes que se incrementará con nuevas incorporaciones en curso. Las inscripciones ya formalizadas, tanto de nuestro país como del exterior, superan el millar de participantes. Los detalles completos del evento están detallados en el sitio www.bueseg2010.org.ar, y los contactos mediante correo electrónico pueden ser realizados al mail bueseg2010@aapas.org.ar (por cuestiones organizativas o de administración) o a prensa.bueseg2010@aapas.org.ar, en lo específico de esa materia. Telefónicamente al (011) 4343/8040-7780.

Raúl Jorge Carreira
Coordinador prensa Bueseg 2010

Berkley International


Reforzando su compromiso de crecimiento y la creación de nuevas oportunidades de negocios para su principal socio estratégico, el Productor Asesor de Seguros, la compañía continúa en la senda del crecimiento cualitativo, creando nuevas estructuras para el desarrollo y consolidación de su cartera. Con esta misma filosofía, Berkley International ha creado una nueva División de Negocios Agropecuarios, gerenciada por Alberto Tettamanti, funcionario con amplia trayectoria dentro de la compañía. Apuntando a potenciar la comercialización de coberturas para las actividades agroindustriales, Berkley prepara su estructura para la próxima campaña. Dentro de su paquete actual de productos cuenta con coberturas de Granizo, brindando protección a los cultivos asegurados, amparándolos además ante riesgos de incendios ocasionados por la caída de rayos, más la posibilidad de asegurar heladas, vientos fuertes y falta de piso.La compañía posee también un producto Integral Agropecuario, especialmente diseñado para acopiadores, amparando un amplio espectro de coberturas especialmente pensadas para el desarrollo de la actividad. Manteniendo los mismos valores de transparencia, confiabilidad, eficiencia, compromiso con la rentabilidad y por sobre todo lealtad en su relacionamiento con los Productores Asesores, que la han caracterizado en sus más de 100 años de presencia en el mercado asegurador argentino, Berkley continúa ajustando sus productos y servicios renovando el compromiso de crecimiento en sus operaciones

SEGURO AMBIENTAL

Según datos oficiales, hay 35.000 empresas obligadas a disponer del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO), que rige por ley desde 2008. La gran mayoría no cumple con la norma. Nueve de cada diez industrias que están obligadas a asegurar su actividad ante eventuales episodios de contaminación ambiental no cumplen con la ley, según datos d ela Cámara que nuclea a las empresas aseguradoras del sector (CAARA).En agosto de 2008 entró en vigor el Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) pero la mayoría de las empresas no contrataron la cobertura porque en muchos casos tienen pasivos ambientales que complican el aseguramiento. “Lo que está asegurando el empresario no son sus intereses ni sus bienes, sino el bienestar de la comunidad; sólo con la auditoría previa a cada póliza el riesgo ambiental general bajaría sensiblemente”, explicó a Crítica de la Argentina Jorge Furlan, experto en seguros y presidente de la CAARA. En enero pasado se produjo un incendio en un establecimiento industrial de Lanús que tuvo consecuencias contaminantes para los vecinos, además de que hubo que evacuar las viviendas. “Éste es uno de los establecimientos que no contaba con póliza de SAO en los términos de la Ley General de Ambiente 25.675, dado que no figura en los registros de ninguna de las empresas que operan en ese riesgo”, sostuvo la cámara en un documento. En la actualidad hay unas 35 mil empresas obligadas a contratar el SAO en el territorio nacional, según la estimación que hizo la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Si bien la ley rige desde 2002, la oferta de seguros ambientales en los términos requeridos por la norma recién comenzó en agosto de 2008. “Existe una generalizada renuencia de los obligados, rayana en una rebeldía judicial, que actúa en perjuicio de la sociedad toda con un temperamento temerario”, añadió Furlan. La normativa que regula el SAO establece que las personas físicas o jurídicas que acometen actividades riesgosas para el ambiente deben hacerse cargo, y garantizarlo, de remediar los daños al suelo y al agua que esas actividades provoquen. “El bien protegido es el de uso colectivo. La póliza no hace más que garantizar, a favor del Estado, en representación de la comunidad, el inmediato cumplimiento de la remediación, ejecutándola la aseguradora en caso de defección del contratante sin necesidad de deslindarse responsabilidades en el siniestro, ni de determinarse si fue súbito o resultado de una acción que se fue sucediendo en el tiempo”, dijo Furlan. Argentina mantiene en vigor el principio 16 del derecho ambiental que integra la Declaración de Eco Río 92 (“quien contamina, paga”), que dispone que debe fomentarse la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos.ANTECEDENTE JURÍDICO. En la causa “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/Estado Nacional y otros s/daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del río Matanza-Riachuelo)” en junio de 2006 la Corte Suprema de Justicia de la Nación produjo un fallo histórico relacionado con la protección del medio ambiente y, a fin de garantizar la inmediatez de las decisiones y el efectivo control jurisdiccional de su cumplimiento, delegó en el juzgado federal de primera instancia de Quilmes, a cargo de Luis Armella, el proceso de ejecución de la sentencia y retuvo para si el relativo a la reparación del daño. Entre lo encomendado por la Corte al juez Armella se incluyó “requerir a las empresas demandadas información sobre (…) si tienen seguros contratados en los términos del art. 22 de la ley 25.675”. Se refería al Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) instituido por esa ley. “Los obligados no podían cumplir por cuanto no existían en el mercado pólizas de seguro ambiental en los términos impuestos por la ley, recién el 26 de agosto de 2008 fue aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la SAyDS la primera póliza, con lo cual desde entonces es posible, y desde ya obligatorio para las empresas encuadradas, cumplir con la prescripción legal, que no cumplen la enorme mayoría de las industrias”, finaliza el informe.

jueves, 25 de febrero de 2010

Las reservas por ahora no.

El fallo de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en la causa “Pinedo Federico y otros c/ E.N Dcto. 2010/09 s/ proceso de conocimiento” dejó al gobierno sin posibilidades de utilizar las reservas para conformar el fondo del bicentenario, aunque si concedió el Recurso Extraordinario solicitado por el oficialismo.Recordemos que se interpuso, por parte del Estado Nacional, el remedio federal contra la decisión de la Cámara que de alguna manera avaló el fallo de Primera Instancia que impedía utilizar las reservas; solicitando además la modificación del alcance de la medida cautelar vigente, otorgándole efecto devolutivo en lugar del suspensivo original.Por regla general las medidas cautelares propiamente dichas no habilitan a interponer Recurso Extraordinario, pero el Tribunal consideró que ese principio debe ceder cuando por la magnitud de la propia medida o por las circunstancias de hecho imperantes, el daño que pudieran causar sea de imposible reparación ulterior.Sumado a ello, argumentaron los juzgadores que la propia Corte tiene dicho que en supuestos de gravedad institucional los requisitos del remedio federal deben ceder, especialmente cuando se vea comprometido el interés de la comunidad toda y las instituciones constitucionales.En lo que hace a la petición de dotar de efecto devolutivo la medida, la Cámara entendió que ello excedía su jurisdicción ya que hubo un pronunciamiento en ese sentido, y hacerlo nuevamente modificando el criterio implicaría sustraer de la Corte la cuestión que en definitiva debe resolver, bajo el riesgo de tornarla abstracta.Más halla del fallo, y de lo que procesalmente corresponda, es decir que la Corte se expida, lo cierto es que es casi inminente una sesión del Congreso para tratar el tema, lo que parece tornar sin sentido el recurso interpuesto por el gobierno, ya que en definitiva será la política el lugar donde se resuelva la creación del fondo del bicentenario.Parece complicado para el oficialismo obtener los votos necesarios en el parlamento para aprobar ese Decreto, máxime con la nueva conformación con la que cuenta, pero lo cierto es que la causa formalmente pertenece a la jurisdicción de nuestro Alto Tribunal.Vale la pena recordar que este fallo es la conclusión de la crisis institucional que se produjo a partir de que desde el Poder Ejecutivo Nacional se intentó justificar el dictado de un Decreto con base en el art. 99 de la Constitución Nacional, con sustento en la necesidad y la urgencia que supuestamente ameritaban las circunstancias, y disponer así de parte de las reservas del B.C.R.A para conformar un fondo destinado a pagar parte de la deuda externa.La oposición sostuvo que no se daba esa situación de emergencia, llevando así la discusión a la justicia, obteniendo una sentencia favorable en Primera Instancia, donde se ordenó suspender la creación del fondo. Apelada la medida cautelar, la Cámara mantuvo el criterio del inferior y las reservas siguieron sin poder ser utilizadas.Finalmente, el oficialismo interpuso el recurso extraordinario que fuera concedido por el Tribunal y cuyo fallo estamos comentando, pero sin haberle hecho lugar a la modificación de los efectos de la medida cautelar. En este momento, sólo resta esperar que se reúna el Congreso, se produzca el debate correspondiente y quede finalmente zanjada la problemática creada cuando el equilibrio de poderes deja paso al abuso de uno por sobre el otro.

martes, 23 de febrero de 2010

RESOLUCION 34.797 – SSN


Se modifica el estatuto social de CARDIF Seguros


En este caso, la SSN conforma el aumento del capital social y modificación de los artículos 4º y 9º del estatuto social de CARDIF SEGURO S S.A. de conformidad con lo aprobado por Asamblea Extraordinaria de Accionista de noviembre de 2009.

También aquí, a los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, se confiere intervención a la IGJ.

RESOLUCION 34.779 – SSN

Autorizar el cambio de denominación de Assurances Generales de France IART por ALLIANZ IARD

Se autoriza el cambio de denominación de ASSURANCES GENERALES DE FRANCE IART, entidad inscripta bajo el Nº 537 en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, por su actual denominación ALLIANZ I.A.R.D.